Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024064040)
Resolución de 4 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de plantación de almendros y transformación a regadío en una superficie de 59,65 hectáreas, en las parcelas 6 y 222 del polígono 4, del término municipal de Quintana de la Serena (Badajoz). Expte.: IA21/1613.
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NÚMERO 245
Jueves 19 de diciembre de 2024
64194
— La ZEC Río Ortiga y, por tanto, la zona de implantación de este proyecto, es utilizada
por el Lince Ibérico como corredor en sus desplazamientos, por lo que es de aplicación en este espacio el Plan de Recuperación del Lince Ibérico en Extremadura. Por
tanto, el terreno incluido en el ZEC debe ser excluido de la transformación y tomarse
medidas de restauración del hábitat de la red natura 2000. Así como en el resto de
la finca en cuestión se deben tomar medidas tendentes a amortiguar el impacto de
transformación de dehesas abiertas con cultivos anuales a un proyecto de intensificación agraria con almendros.
— Está demostrado que proyectos de intensificación agraria acaban con las encinas
adultas de su entorno debido al riego, la utilización de fitosanitarios y el exceso de
laboreo. Por tanto, las encinas adultas que se encuentran en la finca objeto de este
proyecto debieran ser protegidas de estas amenazas mediante una zona de exclusión de 10 metros a su alrededor, en la que no se deben plantar almendros ni utilizar
herbicidas. Además, en caso de pérdida de encinas, se deben sembrar en los mismos
sitios 4 encinas por cada una perdida.
— Para amortiguar el impacto de este proyecto en el entorno, no sólo se debe respetar
la zona ZEC sino que también se deben respetar los linderos de las parcelas y crear
un seto perimetral con especies arbustivas autóctonas.
— Para evitar procesos erosivos y de disminución de la infiltración que acaben produciendo vertidos sobre el río Ortiga, se debe aplicar el método de mantenimiento
de cubiertas vegetales espontáneas totales y temporales, con eliminación mediante
siega o reincorporación al suelo.
Por todo ello, Ecologistas en Acción solicita que, conforme a lo expresado, se proceda a
informar desfavorablemente este proyecto en tanto no cuente con la debida concesión
de aguas, sea modificado para que no presente afecciones a los terrenos incluidos en
la ZEC Río Ortigas y contemple medidas compensatorias, puesto que, además, forma
parte del hábitat y corredor del Lince Ibérico.
2. C
on fecha de 2 de septiembre de 2022, se reciben nuevas alegaciones al proyecto de
referencia por parte de la Asociación Ecologistas en Acción. A continuación, se expone
un resumen de las alegaciones presentadas, referidas a los aspectos ambientales del
proyecto:
— La zona de actuaciones en la que se solicita realizar la transformación a regadío afecta parcialmente al Área Protegida ZEC Río Ortiga, que cuenta con protección tanto
por la legislación autonómica como en virtud de la Directiva Hábitat y de la Directiva
Aves, por la que está incluido en la Red Natura 2000.
Jueves 19 de diciembre de 2024
64194
— La ZEC Río Ortiga y, por tanto, la zona de implantación de este proyecto, es utilizada
por el Lince Ibérico como corredor en sus desplazamientos, por lo que es de aplicación en este espacio el Plan de Recuperación del Lince Ibérico en Extremadura. Por
tanto, el terreno incluido en el ZEC debe ser excluido de la transformación y tomarse
medidas de restauración del hábitat de la red natura 2000. Así como en el resto de
la finca en cuestión se deben tomar medidas tendentes a amortiguar el impacto de
transformación de dehesas abiertas con cultivos anuales a un proyecto de intensificación agraria con almendros.
— Está demostrado que proyectos de intensificación agraria acaban con las encinas
adultas de su entorno debido al riego, la utilización de fitosanitarios y el exceso de
laboreo. Por tanto, las encinas adultas que se encuentran en la finca objeto de este
proyecto debieran ser protegidas de estas amenazas mediante una zona de exclusión de 10 metros a su alrededor, en la que no se deben plantar almendros ni utilizar
herbicidas. Además, en caso de pérdida de encinas, se deben sembrar en los mismos
sitios 4 encinas por cada una perdida.
— Para amortiguar el impacto de este proyecto en el entorno, no sólo se debe respetar
la zona ZEC sino que también se deben respetar los linderos de las parcelas y crear
un seto perimetral con especies arbustivas autóctonas.
— Para evitar procesos erosivos y de disminución de la infiltración que acaben produciendo vertidos sobre el río Ortiga, se debe aplicar el método de mantenimiento
de cubiertas vegetales espontáneas totales y temporales, con eliminación mediante
siega o reincorporación al suelo.
Por todo ello, Ecologistas en Acción solicita que, conforme a lo expresado, se proceda a
informar desfavorablemente este proyecto en tanto no cuente con la debida concesión
de aguas, sea modificado para que no presente afecciones a los terrenos incluidos en
la ZEC Río Ortigas y contemple medidas compensatorias, puesto que, además, forma
parte del hábitat y corredor del Lince Ibérico.
2. C
on fecha de 2 de septiembre de 2022, se reciben nuevas alegaciones al proyecto de
referencia por parte de la Asociación Ecologistas en Acción. A continuación, se expone
un resumen de las alegaciones presentadas, referidas a los aspectos ambientales del
proyecto:
— La zona de actuaciones en la que se solicita realizar la transformación a regadío afecta parcialmente al Área Protegida ZEC Río Ortiga, que cuenta con protección tanto
por la legislación autonómica como en virtud de la Directiva Hábitat y de la Directiva
Aves, por la que está incluido en la Red Natura 2000.