Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024064040)
Resolución de 4 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de plantación de almendros y transformación a regadío en una superficie de 59,65 hectáreas, en las parcelas 6 y 222 del polígono 4, del término municipal de Quintana de la Serena (Badajoz). Expte.: IA21/1613.
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NÚMERO 245
Jueves 19 de diciembre de 2024

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8.1. Cauces, zona de servidumbre, zona de policía: Parte de la superficie de riego se
ubicaría en zona de policía del arroyo de los Arrozauces, el cual constituye el DPH del
Estado, definido en el artículo 2 del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por
el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas (TRLA).
De acuerdo con los artículos 6 y 7 del Reglamento del DPH, aprobado por el RD 849/1986,
de 11 de abril, los terrenos (márgenes) que lindan con los cauces, están sujetos en toda
su extensión longitudinal a:


— Una zona de servidumbre de 5 metros de anchura para uso público, con los siguientes fines: protección del ecosistema fluvial y del DPH; paso público peatonal,
vigilancia, conservación y salvamento; y varado y amarre de embarcaciones en
caso de necesidad.



— Una zona de policía de 100 metros de anchura en la que se condiciona el uso del
suelo y las actividades que se desarrollen. De acuerdo con el artículo 9 del mismo
Reglamento, cualquier obra o trabajo en la zona de policía de cauces (que incluye
también la zona de servidumbre para uso público) precisará autorización administrativa previa del organismo de cuenca, en este caso, se tramitará conjuntamente
con la oportuna concesión de aguas públicas.

8.2. Consumo de agua: Según los datos obrantes en ese organismo, el promotor solicitó, con fecha 27/08/2019, una concesión de aguas superficiales, la cual se tramita con
n.º de expediente CONC 1201/2019, para riego de 86,581 ha en las parcelas 6, 218 y
222 del polígono 4 del término municipal de Quintana de la Serena (Badajoz), a partir
de dos captaciones de aguas subterráneas ubicadas en la parcela 222 del citado polígono y término municipal. El volumen de agua en tramitación es de 159.936 m3/año.
Incorpora, respecto al consumo de agua, medidas para controlar los volúmenes de
agua captados realmente.
8.3. Vertidos al DPH: La actuación no conlleva vertidos al DPH del Estado, salvo los
correspondientes retornos de riego.
8.4. Existencia o inexistencia de recursos suficientes para satisfacer nuevas demandas
hídricas: La Oficina de Planificación Hidrológica (OPH) de ese organismo de cuenca, con
fecha 24/04/2023 y de acuerdo a lo indicado en el artículo 25.4 del TRLA, informa que
existirían recursos hídricos suficientes para el otorgamiento de la concesión solicitada
(expediente CONC 1201/2019). En cualquier caso, se estaría a lo dispuesto en la correspondiente resolución de este procedimiento.