Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024064040)
Resolución de 4 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de plantación de almendros y transformación a regadío en una superficie de 59,65 hectáreas, en las parcelas 6 y 222 del polígono 4, del término municipal de Quintana de la Serena (Badajoz). Expte.: IA21/1613.
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NÚMERO 245
Jueves 19 de diciembre de 2024

64181

RESOLUCIÓN de 4 de diciembre de 2024, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del
proyecto de plantación de almendros y transformación a regadío en una
superficie de 59,65 hectáreas, en las parcelas 6 y 222 del polígono 4, del
término municipal de Quintana de la Serena (Badajoz). Expte.: IA21/1613.
(2024064040)

El proyecto de plantación de almendros y transformación a regadío en una superficie de 59,65
hectáreas, en las parcelas 6 y 222 del polígono 4 del término municipal de Quintana de la
Serena (Badajoz), pertenece al grupo 1 “Silvicultura, agricultura, ganadería y acuicultura”
epígrafe a) “Proyectos para destinar áreas incultas o áreas seminaturales, incluyendo superficies que no se hayan cultivado en los últimos 15 años, a la explotación agrícola o el aprovechamiento forestal maderero que impliquen la ocupación de una superficie mayor de 50 ha
o de 10 ha en caso que se desarrollen en Espacios Naturales Protegidos, Red Natura 2000 y
Áreas protegidas por instrumentos internacionales, según la regulación de la Ley 42/2007,
de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad” y epígrafe b) “Proyectos de
gestión o transformación de regadío con inclusión de proyectos de avenamientos de terrenos,
cuando afecten a una superficie mayor a 100 ha o de 10 ha cuando se desarrollen en Espacios
Naturales Protegidos, Red Natura 2000 y Áreas protegidas por instrumentos internacionales,
según la regulación de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la
Biodiversidad” del anexo IV de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de
la Comunidad Autónoma de Extremadura. En dicha normativa se establece la obligación de
formular declaración de impacto ambiental, con carácter previo a la resolución administrativa
que se adopte para la realización, o en su caso, autorización de las obras, instalaciones o actividades comprendidas en el citado anexo.
Es órgano competente para la formulación de la declaración de impacto ambiental relativo
al proyecto, la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.1.d) del Decreto
233/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y se modifica el Decreto 77/2023, de
21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
La presente declaración de impacto ambiental analiza los principales elementos considerados
en la evaluación ambiental practicada: el estudio de impacto ambiental (en adelante, EsIA),
el resultado de la información pública y de las consultas efectuadas.
A. Identificación del promotor, del órgano sustantivo y descripción del proyecto.