Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024064043)
Resolución de 3 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de puesta en riego de 83,59 ha olivar súper intensivo en la finca "Malaque", ubicada en el recinto 81 de la parcela 1, del polígono 82, del término municipal de Alburquerque (Badajoz). Expte.: IA24/0064.
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NÚMERO 245
Jueves 19 de diciembre de 2024
64152
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO SOSTENIBLE
RESOLUCIÓN de 3 de diciembre de 2024, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del
proyecto de puesta en riego de 83,59 ha olivar súper intensivo en la finca
"Malaque", ubicada en el recinto 81 de la parcela 1, del polígono 82, del
término municipal de Alburquerque (Badajoz). Expte.: IA24/0064. (2024064043)
El proyecto de puesta en riego de 83,59 ha olivar súper intensivo en la finca “Malaque”,
ubicada en el recinto 81 de la parcela 1, del polígono 82, del término municipal de Alburquerque (Badajoz), se evaluó en 2022 con una evaluación de impacto ambiental simplificada
(expediente IA21/1627), cuya resolución se publicó en el DOE n.º 209, del 31 de octubre de
2022. Se concluyó que debía someterse a evaluación de impacto ambiental ordinaria, según
el procedimiento previsto en la subsección 1.ª de la sección 2.ª del capítulo VII del título I
de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
En dicha normativa se establece la obligación de formular declaración de impacto ambiental,
con carácter previo a la resolución administrativa que se adopte para la realización, o en su
caso, autorización de las obras, instalaciones o actividades comprendidas en el citado anexo.
Es órgano competente para la formulación de la declaración de impacto ambiental relativo
al proyecto, la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.1.d) del Decreto
233/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y se modifica el Decreto 77/2023, de
21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
La presente declaración de impacto ambiental analiza los principales elementos considerados
en la evaluación ambiental practicada: el estudio de impacto ambiental (en adelante, EsIA) y
el resultado de la información pública y de las consultas efectuadas.
A. Identificación del promotor, del órgano sustantivo y descripción del proyecto.
A.1. Promotor y órgano sustantivo del proyecto.
El promotor del proyecto para la puesta en riego de 83,59 ha olivar súper intensivo en
la finca “Malaque”, ubicada en el recinto 81 de la parcela 1, del polígono 82, del término
municipal de Alburquerque (Badajoz) es Jesús Marqués Infante.
Jueves 19 de diciembre de 2024
64152
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO SOSTENIBLE
RESOLUCIÓN de 3 de diciembre de 2024, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del
proyecto de puesta en riego de 83,59 ha olivar súper intensivo en la finca
"Malaque", ubicada en el recinto 81 de la parcela 1, del polígono 82, del
término municipal de Alburquerque (Badajoz). Expte.: IA24/0064. (2024064043)
El proyecto de puesta en riego de 83,59 ha olivar súper intensivo en la finca “Malaque”,
ubicada en el recinto 81 de la parcela 1, del polígono 82, del término municipal de Alburquerque (Badajoz), se evaluó en 2022 con una evaluación de impacto ambiental simplificada
(expediente IA21/1627), cuya resolución se publicó en el DOE n.º 209, del 31 de octubre de
2022. Se concluyó que debía someterse a evaluación de impacto ambiental ordinaria, según
el procedimiento previsto en la subsección 1.ª de la sección 2.ª del capítulo VII del título I
de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
En dicha normativa se establece la obligación de formular declaración de impacto ambiental,
con carácter previo a la resolución administrativa que se adopte para la realización, o en su
caso, autorización de las obras, instalaciones o actividades comprendidas en el citado anexo.
Es órgano competente para la formulación de la declaración de impacto ambiental relativo
al proyecto, la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.1.d) del Decreto
233/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y se modifica el Decreto 77/2023, de
21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
La presente declaración de impacto ambiental analiza los principales elementos considerados
en la evaluación ambiental practicada: el estudio de impacto ambiental (en adelante, EsIA) y
el resultado de la información pública y de las consultas efectuadas.
A. Identificación del promotor, del órgano sustantivo y descripción del proyecto.
A.1. Promotor y órgano sustantivo del proyecto.
El promotor del proyecto para la puesta en riego de 83,59 ha olivar súper intensivo en
la finca “Malaque”, ubicada en el recinto 81 de la parcela 1, del polígono 82, del término
municipal de Alburquerque (Badajoz) es Jesús Marqués Infante.