Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Plan De Formación De La Escuela De Administración Pública. (2024064071)
Resolución de 16 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Función Pública, por la que se realiza la convocatoria de actividades formativas pertenecientes al Plan de Formación para el año 2025 de la Escuela de Administración Pública de Extremadura.
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NÚMERO 245
Jueves 19 de diciembre de 2024
63793
curso. En caso de implementarse esta posibilidad, se informará a través de la página web
y mediante correo electrónico. No obstante, seguirá siendo válida la opción inicial de envío
del certificado por correo electrónico según lo indicado al inicio del presente apartado.
La Escuela de Administración Pública podrá revisar los certificados presentados (Anexo III)
junto con la persona coordinadora de la actividad y responsables de las materias objeto
de la formación, en el caso de que no se ajusten plenamente a los criterios específicos de
selección establecidos.
5. E
l personal interesado podrá ser adjudicatario de un máximo de 8 actividades formativas (6
cursos y dos jornadas) de las indicadas en el Anexo I de la presente resolución, pudiendo
solicitar a lo largo del año tantas formaciones como desee.
6. E
l Anexo II incluye las actividades formativas de carácter no elegibles, tal y como se recoge en sus correspondientes fichas técnicas. Los empleados públicos que cumplan con
los requisitos establecidos en la Orden de aprobación del Plan de Formación para el año
2025 así como el perfil y los requisitos técnicos exigidos en las fichas técnicas, que sean
propuestas por las diferentes Consejerías para su participación en las mismas, realizarán
la correspondiente inscripción conforme a las instrucciones y en el plazo que se establezca
por la Escuela de Administración Pública de Extremadura.
Segunda. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo para la presentación de solicitudes con el objeto de participar en la presente convocatoria se iniciará el día 7 de enero. Este plazo permanecerá abierto de forma continua a lo
largo del año, finalizando para cada actividad formativa específica veinte días naturales antes
de la fecha prevista para el inicio de esta.
Durante los veinte días naturales previos al inicio de cada curso, la Escuela de Administración
Pública se reserva el derecho de realizar llamamientos entre los distintos colectivos de empleados públicos, con el fin de garantizar la optimización de las plazas disponibles en la acción
formativa correspondiente.
Tercera. Selección de alumnado.
1. La selección del alumnado se realizará conforme a lo establecido en la Orden de la Consejería de Hacienda y Administración Pública por la que se aprueba el Plan de Formación
para el año 2025 de la Escuela de Administración Pública de Extremadura y en la presente
resolución.
2. D
e conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.9 de la Orden de la Consejería de Hacienda
y Administración Pública por la que se aprueba el Plan de Formación para el año 2025, para
Jueves 19 de diciembre de 2024
63793
curso. En caso de implementarse esta posibilidad, se informará a través de la página web
y mediante correo electrónico. No obstante, seguirá siendo válida la opción inicial de envío
del certificado por correo electrónico según lo indicado al inicio del presente apartado.
La Escuela de Administración Pública podrá revisar los certificados presentados (Anexo III)
junto con la persona coordinadora de la actividad y responsables de las materias objeto
de la formación, en el caso de que no se ajusten plenamente a los criterios específicos de
selección establecidos.
5. E
l personal interesado podrá ser adjudicatario de un máximo de 8 actividades formativas (6
cursos y dos jornadas) de las indicadas en el Anexo I de la presente resolución, pudiendo
solicitar a lo largo del año tantas formaciones como desee.
6. E
l Anexo II incluye las actividades formativas de carácter no elegibles, tal y como se recoge en sus correspondientes fichas técnicas. Los empleados públicos que cumplan con
los requisitos establecidos en la Orden de aprobación del Plan de Formación para el año
2025 así como el perfil y los requisitos técnicos exigidos en las fichas técnicas, que sean
propuestas por las diferentes Consejerías para su participación en las mismas, realizarán
la correspondiente inscripción conforme a las instrucciones y en el plazo que se establezca
por la Escuela de Administración Pública de Extremadura.
Segunda. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo para la presentación de solicitudes con el objeto de participar en la presente convocatoria se iniciará el día 7 de enero. Este plazo permanecerá abierto de forma continua a lo
largo del año, finalizando para cada actividad formativa específica veinte días naturales antes
de la fecha prevista para el inicio de esta.
Durante los veinte días naturales previos al inicio de cada curso, la Escuela de Administración
Pública se reserva el derecho de realizar llamamientos entre los distintos colectivos de empleados públicos, con el fin de garantizar la optimización de las plazas disponibles en la acción
formativa correspondiente.
Tercera. Selección de alumnado.
1. La selección del alumnado se realizará conforme a lo establecido en la Orden de la Consejería de Hacienda y Administración Pública por la que se aprueba el Plan de Formación
para el año 2025 de la Escuela de Administración Pública de Extremadura y en la presente
resolución.
2. D
e conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.9 de la Orden de la Consejería de Hacienda
y Administración Pública por la que se aprueba el Plan de Formación para el año 2025, para