Ayuntamiento De Talarrubias. Personal Funcionario. (2024082088)
Anuncio de 5 de diciembre de 2024 sobre nombramiento de personal funcionario de carrera dentro del proceso de estabilización de empleo temporal.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 245
64291
Jueves 19 de diciembre de 2024
Puesto/Destino
Interesada
DNI
Auxiliar Administrativo/Universidad Popular
Cerro Gómez, Juana
***0519**
Auxiliar administrativo/Pisos tutelados
Burgueño Fajardo, María del Carmen
***7255**
Escala:
Administración General.
Subescala:
Subalterna.
Denominación:
Ordenanza.
Grupo:
Agrupación Profesional (antiguo grupo E).
Puesto/Destino
Ordenanza/Casa Consistorial
Interesada
Muñoz Calderón, Rosa María
DNI
***6830**
Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 62 del Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público, y el artículo 80.1 de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de
Función Pública de Extremadura.
Así mismo, contra dicha resolución, acto que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse alternativamente recurso potestativo de reposición ante el órgano que lo dictó en el
plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de
Extremadura, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien presentar
directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Mérida en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción
de dicha notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél
sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio, y todo ello sin
perjuicio de que se pueda interponer cualquier otro recurso que pudiera estimarse más conveniente al derecho del interesado o interesados.
Talarrubias, 5 de diciembre de 2024. El Secretario Interventor, FRANCISCO JESÚS ROZANO
ALBA.
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64291
Jueves 19 de diciembre de 2024
Puesto/Destino
Interesada
DNI
Auxiliar Administrativo/Universidad Popular
Cerro Gómez, Juana
***0519**
Auxiliar administrativo/Pisos tutelados
Burgueño Fajardo, María del Carmen
***7255**
Escala:
Administración General.
Subescala:
Subalterna.
Denominación:
Ordenanza.
Grupo:
Agrupación Profesional (antiguo grupo E).
Puesto/Destino
Ordenanza/Casa Consistorial
Interesada
Muñoz Calderón, Rosa María
DNI
***6830**
Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 62 del Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público, y el artículo 80.1 de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de
Función Pública de Extremadura.
Así mismo, contra dicha resolución, acto que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse alternativamente recurso potestativo de reposición ante el órgano que lo dictó en el
plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de
Extremadura, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien presentar
directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Mérida en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción
de dicha notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél
sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio, y todo ello sin
perjuicio de que se pueda interponer cualquier otro recurso que pudiera estimarse más conveniente al derecho del interesado o interesados.
Talarrubias, 5 de diciembre de 2024. El Secretario Interventor, FRANCISCO JESÚS ROZANO
ALBA.
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