Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Educación. Ayudas. (2024063923)
Resolución de 25 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convocan ayudas individualizadas de transporte y/o comedor escolar para el alumnado participante en los Programas de Éxito Educativo o en los Programas de Refuerzo, Orientación y Apoyo que se desarrollen en horario de tarde, en centros educativos sostenidos con fondos públicos en la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso escolar 2024/2025.
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NÚMERO 244
Miércoles 18 de diciembre de 2024
63509
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y FORMACIÓN PROFESIONAL
RESOLUCIÓN de 25 de noviembre de 2024, de la Dirección General de
Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se
convocan ayudas individualizadas de transporte y/o comedor escolar para
el alumnado participante en los Programas de Éxito Educativo o en los
Programas de Refuerzo, Orientación y Apoyo que se desarrollen en horario de
tarde, en centros educativos sostenidos con fondos públicos en la Comunidad
Autónoma de Extremadura, para el curso escolar 2024/2025. (2024063923)
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 3/2020,
de 29 de diciembre, establece en su artículo 80.1 que, con el fin de hacer efectivo el principio
de equidad en el ejercicio del derecho a la educación, las Administraciones públicas desarrollarán acciones dirigidas hacia las personas, grupos, entornos sociales y ámbitos territoriales
que se encuentren en situación de vulnerabilidad socioeducativa y cultural con el objetivo de
eliminar las barreras que limitan su acceso, presencia y participación o aprendizaje, asegurando con ello los ajustes razonables en función de sus necesidades individuales y prestando
el apoyo necesario para fomentar su máximo desarrollo educativo y social, de manera que
puedan acceder a una educación inclusiva, en igualdad de condiciones con los demás.
Por su parte, la Ley 4/2011, de 7 de marzo, de Educación de Extremadura, establece en el
apartado tercero del artículo 33 que “La Junta de Extremadura podrá complementar el sistema estatal mediante becas al alumnado y ayudas a las familias, con la finalidad de garantizar
la igualdad de todas las personas en el ejercicio del derecho a la educación”.
La Comunidad Autónoma de Extremadura ha asumido el compromiso de impulsar actuaciones
para que el derecho a la educación sea disfrutado por todo el alumnado en igualdad de oportunidades, apostando por desarrollar, dentro del Plan Integral para la mejora del éxito Educativo y la prevención del abandono escolar temprano, los programas de éxito educativo que
pretenden ofrecer el máximo avance en el alumnado, valorando las diferencias individuales y
la diversidad como enriquecedoras, con el fin de evitar situaciones de fracaso escolar y abandono escolar temprano. Del mismo modo, mediante los Programas de refuerzo, orientación y
apoyo, que tienen como eje fundamental la reducción y prevención del fracaso escolar y del
abandono escolar temprano, se ha decidido apoyar a centros educativos de entornos socioeconómicos vulnerables, intervenciones específicas dirigidas a colectivos que en numerosas
ocasiones están en situación especialmente vulnerable (tales como el alumnado inmigrante,
de etnia gitana o con necesidades educativas especiales).
La existencia de un número determinado de alumnos y alumnas susceptibles de estas actuaciones preventivas y compensatorias, por factores sociales, económicos, culturales o étnicos,
Miércoles 18 de diciembre de 2024
63509
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y FORMACIÓN PROFESIONAL
RESOLUCIÓN de 25 de noviembre de 2024, de la Dirección General de
Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se
convocan ayudas individualizadas de transporte y/o comedor escolar para
el alumnado participante en los Programas de Éxito Educativo o en los
Programas de Refuerzo, Orientación y Apoyo que se desarrollen en horario de
tarde, en centros educativos sostenidos con fondos públicos en la Comunidad
Autónoma de Extremadura, para el curso escolar 2024/2025. (2024063923)
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 3/2020,
de 29 de diciembre, establece en su artículo 80.1 que, con el fin de hacer efectivo el principio
de equidad en el ejercicio del derecho a la educación, las Administraciones públicas desarrollarán acciones dirigidas hacia las personas, grupos, entornos sociales y ámbitos territoriales
que se encuentren en situación de vulnerabilidad socioeducativa y cultural con el objetivo de
eliminar las barreras que limitan su acceso, presencia y participación o aprendizaje, asegurando con ello los ajustes razonables en función de sus necesidades individuales y prestando
el apoyo necesario para fomentar su máximo desarrollo educativo y social, de manera que
puedan acceder a una educación inclusiva, en igualdad de condiciones con los demás.
Por su parte, la Ley 4/2011, de 7 de marzo, de Educación de Extremadura, establece en el
apartado tercero del artículo 33 que “La Junta de Extremadura podrá complementar el sistema estatal mediante becas al alumnado y ayudas a las familias, con la finalidad de garantizar
la igualdad de todas las personas en el ejercicio del derecho a la educación”.
La Comunidad Autónoma de Extremadura ha asumido el compromiso de impulsar actuaciones
para que el derecho a la educación sea disfrutado por todo el alumnado en igualdad de oportunidades, apostando por desarrollar, dentro del Plan Integral para la mejora del éxito Educativo y la prevención del abandono escolar temprano, los programas de éxito educativo que
pretenden ofrecer el máximo avance en el alumnado, valorando las diferencias individuales y
la diversidad como enriquecedoras, con el fin de evitar situaciones de fracaso escolar y abandono escolar temprano. Del mismo modo, mediante los Programas de refuerzo, orientación y
apoyo, que tienen como eje fundamental la reducción y prevención del fracaso escolar y del
abandono escolar temprano, se ha decidido apoyar a centros educativos de entornos socioeconómicos vulnerables, intervenciones específicas dirigidas a colectivos que en numerosas
ocasiones están en situación especialmente vulnerable (tales como el alumnado inmigrante,
de etnia gitana o con necesidades educativas especiales).
La existencia de un número determinado de alumnos y alumnas susceptibles de estas actuaciones preventivas y compensatorias, por factores sociales, económicos, culturales o étnicos,