Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Investigación. Ayudas. (2024063924)
Resolución de 25 de noviembre de 2024, de la Secretaría General de Ciencia, Tecnología e Innovación, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas para la ejecución de actuaciones orientadas al desarrollo y mejora de las capacidades científicas y tecnológicas de los Grupos de Investigación de Extremadura pertenecientes al Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación. Línea 3.
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NÚMERO 243
Martes 17 de diciembre de 2024
63328
reguladoras de las ayudas destinadas a la ejecución de las actuaciones orientadas al desarrollo y mejora de las capacidades científicas y tecnológicas de los grupos de investigación
de Extremadura integrados en el Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación
(DOE núm. 87, de 7 de mayo).
En este sentido, esta ayuda está orientada a fomentar la transferencia de conocimiento y
las relaciones entre investigadores y la sociedad, mediante la organización de seminarios,
jornadas, conferencias o divulgación en redes de la actividad científica por uno o varios grupos de investigación inscritos en el Catálogo de Grupos de Investigación de Extremadura.
2. L
as actividades para realizar estarán incluidas en los ámbitos de intervención en I+D+I
de la Estrategia de Investigación e Innovación para la Especialización Inteligente de Extremadura 2021-2027, (RIS3), que están recogidos en el anexo I de la presente resolución.
Segundo. Beneficiarios.
1. P
odrán ser beneficiarios de esta ayuda los agentes del Sistema Extremeño de Ciencia,
Tecnología e Innovación inscritos en el Catálogo de Agentes SECTI, regulado en el Decreto
49/2023, de 10 de mayo, y que tengan constituidos grupos de investigación inscritos en
el Catálogo de Grupos de investigación de Extremadura, según el Decreto 146/2018, de 4
de septiembre.
2. L
os requisitos de este resuelvo deberán cumplirse en el momento de la presentación de la
solicitud y mientras dure la ayuda.
3. N
o podrán obtener la condición de beneficiario quienes incurran en algunas de las causas
previstas en el artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Tercero. Requisitos del grupo de investigación.
1. E
l grupo de Investigación deberá estar inscrito, en el momento de la presentación de la
solicitud de ayuda, en el Catálogo de Grupos de Investigación de Extremadura conforme al
Decreto 146/2018, de 4 de septiembre.
2. T
odos los integrantes del grupo de investigación deberán tener cumplimentado y actualizado a fecha de presentación de la solicitud su Currículum Vitae Normalizado (CVN) a través
de la página https://secti-idi.juntaex.es.
Cuarto. Obligaciones de los beneficiarios.
Los beneficiarios de esta ayuda deberán cumplir las siguientes obligaciones:
Martes 17 de diciembre de 2024
63328
reguladoras de las ayudas destinadas a la ejecución de las actuaciones orientadas al desarrollo y mejora de las capacidades científicas y tecnológicas de los grupos de investigación
de Extremadura integrados en el Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación
(DOE núm. 87, de 7 de mayo).
En este sentido, esta ayuda está orientada a fomentar la transferencia de conocimiento y
las relaciones entre investigadores y la sociedad, mediante la organización de seminarios,
jornadas, conferencias o divulgación en redes de la actividad científica por uno o varios grupos de investigación inscritos en el Catálogo de Grupos de Investigación de Extremadura.
2. L
as actividades para realizar estarán incluidas en los ámbitos de intervención en I+D+I
de la Estrategia de Investigación e Innovación para la Especialización Inteligente de Extremadura 2021-2027, (RIS3), que están recogidos en el anexo I de la presente resolución.
Segundo. Beneficiarios.
1. P
odrán ser beneficiarios de esta ayuda los agentes del Sistema Extremeño de Ciencia,
Tecnología e Innovación inscritos en el Catálogo de Agentes SECTI, regulado en el Decreto
49/2023, de 10 de mayo, y que tengan constituidos grupos de investigación inscritos en
el Catálogo de Grupos de investigación de Extremadura, según el Decreto 146/2018, de 4
de septiembre.
2. L
os requisitos de este resuelvo deberán cumplirse en el momento de la presentación de la
solicitud y mientras dure la ayuda.
3. N
o podrán obtener la condición de beneficiario quienes incurran en algunas de las causas
previstas en el artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Tercero. Requisitos del grupo de investigación.
1. E
l grupo de Investigación deberá estar inscrito, en el momento de la presentación de la
solicitud de ayuda, en el Catálogo de Grupos de Investigación de Extremadura conforme al
Decreto 146/2018, de 4 de septiembre.
2. T
odos los integrantes del grupo de investigación deberán tener cumplimentado y actualizado a fecha de presentación de la solicitud su Currículum Vitae Normalizado (CVN) a través
de la página https://secti-idi.juntaex.es.
Cuarto. Obligaciones de los beneficiarios.
Los beneficiarios de esta ayuda deberán cumplir las siguientes obligaciones: