Diputación Provincial De Cáceres. Tributos. (2024ED0023)
Edicto de 2 de diciembre de 2024 sobre Convenio de delegación entre el Ayuntamiento de La Pesga y el Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria de la Excelentísima Diputación Provincial de Cáceres, para la gestión y recaudación de los tributos municipales
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NÚMERO 243
Martes 17 de diciembre de 2024

63396

II. Que el Ayuntamiento de La Pesga al amparo de lo previsto en:
— Artículos 27 y 106.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local,
— Artículos 2 y 7 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo,
— Artículos 9 y 47 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, y
— Artículo 8.b) del Reglamento General de Recaudación, aprobado por R.D. 939/2005 de
29 de julio, acordó en sesión plenaria de fecha 27 de junio de 2024 delegar en la Diputación Provincial de Cáceres, a través del OARGT, las facultades de gestión y recaudación
de multas por infracción a la LSV y a las Ordenanzas Municipales de Circulación, en su
caso, delegación aceptada por el Pleno de la Diputación en sesión plenaria de fecha 26
de septiembre de 2024.
III. Que citado Ayuntamiento no tiene aprobada Ordenanza Municipal en materia de Circulación.
IV. Que en base a lo anterior, para articular y llevar a la práctica esta delegación, estando
legítimamente facultados los comparecientes para actuar en nombre de las corporaciones
a que representan, se procede a la formalización del presente Convenio que estará sujeto
a las siguientes
ESTIPULACIONES:
Primera. Objeto.
El objeto de este convenio consiste en la realización por parte del OARGT de las funciones de
colaboración en el procedimiento sancionador, de gestión y de recaudación en periodo voluntario y ejecutivo de las deudas correspondientes a multas por infracción a la LSV y a las correspondientes Ordenanzas Municipales en materia de Tráfico, impuestas por el Ayuntamiento
de La Pesga.
Segunda. Contenido.
Además de las obligaciones establecidas en la legislación vigente para los órganos recaudadores, el Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria asume las obligaciones
derivadas del cumplimiento de este Convenio, y en particular las siguientes: