Ayuntamiento De Moraleja. Personal Laboral. (2024082078)
Anuncio de 3 de diciembre de 2024 sobre contratación de personal laboral fijo derivado del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal (Auxiliar Administrativo).
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NÚMERO 243

63412

Martes 17 de diciembre de 2024

AYUNTAMIENTO DE MORALEJA
ANUNCIO de 3 de diciembre de 2024 sobre contratación de personal laboral
fijo derivado del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal
(Auxiliar Administrativo). (2024082078)
Vista la propuesta de 22 de noviembre de 2024, del Órgano de Selección del procedimiento
de provisión de una plaza de personal laboral fijo de Auxiliar Administrativo, convocado por
Resolución de esta Alcaldía de 30 de diciembre de 2022, cuyas bases fueron íntegramente
publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia n.º 1, de 2 de enero de 2023; n.º 3, de 4 de
enero de 2023; n.º 15, de 23 de enero de 2023 y n.º 20, de 30 de enero de 2023, y la correspondiente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado n.º 257 de 27 de octubre de 2023, por
Resolución de la Alcaldía-Presidencia de fecha 3 de diciembre de 2024 se ha resuelto aprobar
la contratación de Doña Ana María Rivero Pascual como personal laboral fijo de la plantilla del
Ayuntamiento de Moraleja, en la categoría de Auxiliar Administrativo, con efectos del día 5 de
diciembre de 2024.
Esta convocatoria se enmarca en el proceso de estabilización del empleo temporal autorizado por el artículo 2 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la
reducción de la temporalidad en el empleo público, conforme a la Oferta de Empleo Público
aprobada al efecto por Resolución de la Alcaldía de 27 de mayo de 2022.
Lo que se hace público para general conocimiento, advirtiendo que contra dicha resolución, que
pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición
ante el señor Alcalde-Presidente dentro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente a
aquel en que tenga lugar la notificación de la misma o su publicación o, directamente, recurso
contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo, de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 52.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases
de Régimen Local; artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y artículos 8.1, 25.1 y 46.1 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Todo ello
sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime pertinente.
Moraleja, 3 de diciembre de 2024. El Alcalde-Presidente, JULIO CÉSAR HERRERO CAMPO.

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