Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Eficiencia Energética. Subvenciones. (2024040260)
Modificación del Extracto y Anuncio por el que se da publicidad a la redistribución del crédito asignado al Programa de rehabilitación energética para edificios existentes en municipios de reto demográfico (Programa PREE 5000) realizada mediante el Decreto 125/2022, de 5 de octubre, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en Extremadura.
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NÚMERO 242
Lunes 16 de diciembre de 2024
63059
Anualidades: 2023_2024_2025_2026.
Cuantías: 79.097,00_210.924,00_184.559,00_52.731,00. Totales: 527.311,00.
Posición presupuestaria:180020000/G/333A/78000.
Anualidades: 2023_2024_2025_2026.
Cuantías: 15.819,00_42.185,00_36.912,00_10.546,00. Totales: 105.462,00.
Estableciéndose también en citada disposición que “Los créditos iniciales asignados en la presente convocatoria a cada aplicación presupuestaria dentro de un mismo proyecto, programa
y categoría podrán ser reasignados en cualquier momento tanto entre artículos como entre
conceptos y ejercicios presupuestarios, con la finalidad de atender a las solicitudes que reúnan los requisitos en plazo y siempre que exista crédito presupuestario para ello, conforme lo
establecido en el artículo 39.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo.
Para el aumento de hasta un 20 por ciento de los créditos presupuestarios imputados o para
una distribución distinta entre los proyectos y posiciones presupuestarias recogidas en la presente convocatoria, se estará a lo dispuesto en los artículos 23.2 h) y 39.3 de la Ley 6/2011,
de 23 de marzo”.
El plazo de presentación de las solicitudes de ayuda finalizó el 31 de julio de 2024, con las solicitudes presentadas hasta esta fecha es preciso realizar una distribución de los créditos de la
convocatoria entre posiciones presupuestarias, anualidades y proyectos de gasto. Conforme a
lo dispuesto en los artículos 39.3 y 39.4 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el aumento de los créditos de la convocatoria
o una distribución distinta entre los proyectos y aplicaciones presupuestarias recogidos en la
misma, exige la publicación en el Diario Oficial de Extremadura de un anuncio del órgano al
que le corresponda la aprobación de la convocatoria, en el que se recoja como quedarían los
créditos totales de la convocatoria, distribuidos por proyectos y aplicaciones presupuestarias.
Por ello, de conformidad a lo recogido en el Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio,
por el que se modifican la denominación y competencias de las Consejerías que conforman la
Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE n.º140 de 21 de julio), la
competencia para acordar la distribución referida corresponde a la Secretaria General de la
Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible al ostentar ésta las competencias en materia de industria, energía y minas.
En virtud de cuanto antecede, se procede a la publicación en el Diario Oficial de Extremadura
de la modificación del extracto y anuncio para dar publicidad a la redistribución de créditos
Lunes 16 de diciembre de 2024
63059
Anualidades: 2023_2024_2025_2026.
Cuantías: 79.097,00_210.924,00_184.559,00_52.731,00. Totales: 527.311,00.
Posición presupuestaria:180020000/G/333A/78000.
Anualidades: 2023_2024_2025_2026.
Cuantías: 15.819,00_42.185,00_36.912,00_10.546,00. Totales: 105.462,00.
Estableciéndose también en citada disposición que “Los créditos iniciales asignados en la presente convocatoria a cada aplicación presupuestaria dentro de un mismo proyecto, programa
y categoría podrán ser reasignados en cualquier momento tanto entre artículos como entre
conceptos y ejercicios presupuestarios, con la finalidad de atender a las solicitudes que reúnan los requisitos en plazo y siempre que exista crédito presupuestario para ello, conforme lo
establecido en el artículo 39.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo.
Para el aumento de hasta un 20 por ciento de los créditos presupuestarios imputados o para
una distribución distinta entre los proyectos y posiciones presupuestarias recogidas en la presente convocatoria, se estará a lo dispuesto en los artículos 23.2 h) y 39.3 de la Ley 6/2011,
de 23 de marzo”.
El plazo de presentación de las solicitudes de ayuda finalizó el 31 de julio de 2024, con las solicitudes presentadas hasta esta fecha es preciso realizar una distribución de los créditos de la
convocatoria entre posiciones presupuestarias, anualidades y proyectos de gasto. Conforme a
lo dispuesto en los artículos 39.3 y 39.4 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el aumento de los créditos de la convocatoria
o una distribución distinta entre los proyectos y aplicaciones presupuestarias recogidos en la
misma, exige la publicación en el Diario Oficial de Extremadura de un anuncio del órgano al
que le corresponda la aprobación de la convocatoria, en el que se recoja como quedarían los
créditos totales de la convocatoria, distribuidos por proyectos y aplicaciones presupuestarias.
Por ello, de conformidad a lo recogido en el Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio,
por el que se modifican la denominación y competencias de las Consejerías que conforman la
Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE n.º140 de 21 de julio), la
competencia para acordar la distribución referida corresponde a la Secretaria General de la
Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible al ostentar ésta las competencias en materia de industria, energía y minas.
En virtud de cuanto antecede, se procede a la publicación en el Diario Oficial de Extremadura
de la modificación del extracto y anuncio para dar publicidad a la redistribución de créditos