Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Atención A Las Familias. Subvenciones. (2024064015)
Extracto de la Resolución de la Secretaría General por la que se aprueba la convocatoria de concesión de subvenciones destinadas a la financiación de los Programas de Atención a las Familias en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2025.
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NÚMERO 242
63157
Lunes 16 de diciembre de 2024
4. Para cada municipio la cantidad subvencionada para la anualidad 2025 asciende a 55.651,32 €.
5. De producirse el agotamiento del crédito presupuestario, y no procederse a efectuar las
modificaciones correspondientes o no existir nuevas disponibilidades presupuestarias, se
declarará terminado el plazo de vigencia de la convocatoria mediante anuncio de la Secretaría General de la Consejería de Salud y Servicios Sociales, el cual será objeto de publicación en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de subvenciones, con la consiguiente
inadmisión de las solicitudes posteriormente presentadas.
6. La presente convocatoria queda sometida a la condición suspensiva de existencia de crédito
adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas de la misma en el ejercicio
2025 de acuerdo con lo dispuesto en la Regla 69 de la Orden de 17 de diciembre de 2020
por la que se aprueba la Instrucción de Contabilidad para la Junta de Extremadura (DOE
n.º 244, de 21 de diciembre de 2020).
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo para presentar solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al que
se publique en el Diario Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es ) la convocatoria y el
extracto de esta.
Sexto. Otros datos.
El formulario para la solicitud y demás anexos figuran publicados en el Diario Oficial de Extremadura junto con la Resolución de convocatoria.
Mérida, 28 de noviembre de 2024.
La Secretaria General,
MARÍA PILAR NOGALES PEROGIL
63157
Lunes 16 de diciembre de 2024
4. Para cada municipio la cantidad subvencionada para la anualidad 2025 asciende a 55.651,32 €.
5. De producirse el agotamiento del crédito presupuestario, y no procederse a efectuar las
modificaciones correspondientes o no existir nuevas disponibilidades presupuestarias, se
declarará terminado el plazo de vigencia de la convocatoria mediante anuncio de la Secretaría General de la Consejería de Salud y Servicios Sociales, el cual será objeto de publicación en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de subvenciones, con la consiguiente
inadmisión de las solicitudes posteriormente presentadas.
6. La presente convocatoria queda sometida a la condición suspensiva de existencia de crédito
adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas de la misma en el ejercicio
2025 de acuerdo con lo dispuesto en la Regla 69 de la Orden de 17 de diciembre de 2020
por la que se aprueba la Instrucción de Contabilidad para la Junta de Extremadura (DOE
n.º 244, de 21 de diciembre de 2020).
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo para presentar solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al que
se publique en el Diario Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es ) la convocatoria y el
extracto de esta.
Sexto. Otros datos.
El formulario para la solicitud y demás anexos figuran publicados en el Diario Oficial de Extremadura junto con la Resolución de convocatoria.
Mérida, 28 de noviembre de 2024.
La Secretaria General,
MARÍA PILAR NOGALES PEROGIL