Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Política Social. Subvenciones. (2024064035)
Extracto de la Resolución de la Secretaría General de la Consejería de la Salud y Servicios Sociales por la que se aprueba la concesión de subvenciones para la incorporación social y laboral de menores y jóvenes que estén cumpliendo o hayan cumplido medidas judiciales de conformidad con la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores, para el año 2025.
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 242
Lunes 16 de diciembre de 2024
63204
conformidad con la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad
penal de los menores, y la primera convocatoria (DOE núm. 128), siendo dichas bases de
aplicación en todo lo no expresamente regulado o previsto en esta convocatoria.
Cuarto. Financiación y cuantía de la subvención.
1. El importe total de esta convocatoria para el fomento de la contratación a jornada completa
o a tiempo parcial de menores o jóvenes que estén cumpliendo o hayan cumplido medidas
judiciales de conformidad con la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la
responsabilidad penal de los menores es de doscientos veinte mil euros (220.000,00 euros) que serán financiadas con cargo al proyecto de gastos 20230157 “Ayudas de inserción
social y laboral de menores y jóvenes que pertenecen o hayan pertenecido al sistema de
menores infractores”.
2. L
a presente convocatoria está financiada con cargo al Fondo Social Europeo Plus (FSE+)
2021-2027, Objetivo Político 4: Una Europa más social mediante la aplicación del pilar
europeo de derechos sociales, dentro de la Prioridad 2 ” Inclusión social y lucha contra la
pobreza”, Objetivo Específico 2H “Fomentar la inclusión activa al objeto de promover la
igualdad de oportunidades, la no discriminación y la participación activa, y mejorar la empleabilidad, en particular para los grupos desfavorecidos”, cofinanciado con un porcentaje
del 85%.
El periodo subvencionado coincidirá con el ejercicio presupuestario del año 2025.
3. P
ublicado el Real Decreto 145/2024, de 6 de febrero, por el que se fija el salario mínimo
interprofesional para 2024 (BOE n.º 33, de 7 de febrero) la cuantía de la ayuda será de
15.876,00 euros brutos anuales. No obstante, si se durante la vigencia de la presente convocatoria el Gobierno publicara una nueva actualización del salario mínimo profesional, la
cuantía de la ayuda se modificará de acuerdo con el salario mínimo intreprofesional que al
efecto se apruebe, tal y como establece el artículo 7 del Decreto 52/2024, de 11 de junio.
4. La presente convocatoria queda sometida a la condición suspensiva de existencia de crédito
adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas de la misma en el ejercicio
2025 de acuerdo con lo dispuesto en la Regla 69 de la Orden de 17 de diciembre de 2020
por la que se aprueba la Instrucción de Contabilidad para la Junta de Extremadura (DOE
n.º 244, de 21 de diciembre de 2020).
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes comenzará al día siguiente a la publicación simultánea
en el Diario Oficial de Extremadura de la resolución de convocatoria y del presente extracto,
finalizando el 30 de noviembre de 2025.
Lunes 16 de diciembre de 2024
63204
conformidad con la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad
penal de los menores, y la primera convocatoria (DOE núm. 128), siendo dichas bases de
aplicación en todo lo no expresamente regulado o previsto en esta convocatoria.
Cuarto. Financiación y cuantía de la subvención.
1. El importe total de esta convocatoria para el fomento de la contratación a jornada completa
o a tiempo parcial de menores o jóvenes que estén cumpliendo o hayan cumplido medidas
judiciales de conformidad con la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la
responsabilidad penal de los menores es de doscientos veinte mil euros (220.000,00 euros) que serán financiadas con cargo al proyecto de gastos 20230157 “Ayudas de inserción
social y laboral de menores y jóvenes que pertenecen o hayan pertenecido al sistema de
menores infractores”.
2. L
a presente convocatoria está financiada con cargo al Fondo Social Europeo Plus (FSE+)
2021-2027, Objetivo Político 4: Una Europa más social mediante la aplicación del pilar
europeo de derechos sociales, dentro de la Prioridad 2 ” Inclusión social y lucha contra la
pobreza”, Objetivo Específico 2H “Fomentar la inclusión activa al objeto de promover la
igualdad de oportunidades, la no discriminación y la participación activa, y mejorar la empleabilidad, en particular para los grupos desfavorecidos”, cofinanciado con un porcentaje
del 85%.
El periodo subvencionado coincidirá con el ejercicio presupuestario del año 2025.
3. P
ublicado el Real Decreto 145/2024, de 6 de febrero, por el que se fija el salario mínimo
interprofesional para 2024 (BOE n.º 33, de 7 de febrero) la cuantía de la ayuda será de
15.876,00 euros brutos anuales. No obstante, si se durante la vigencia de la presente convocatoria el Gobierno publicara una nueva actualización del salario mínimo profesional, la
cuantía de la ayuda se modificará de acuerdo con el salario mínimo intreprofesional que al
efecto se apruebe, tal y como establece el artículo 7 del Decreto 52/2024, de 11 de junio.
4. La presente convocatoria queda sometida a la condición suspensiva de existencia de crédito
adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas de la misma en el ejercicio
2025 de acuerdo con lo dispuesto en la Regla 69 de la Orden de 17 de diciembre de 2020
por la que se aprueba la Instrucción de Contabilidad para la Junta de Extremadura (DOE
n.º 244, de 21 de diciembre de 2020).
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes comenzará al día siguiente a la publicación simultánea
en el Diario Oficial de Extremadura de la resolución de convocatoria y del presente extracto,
finalizando el 30 de noviembre de 2025.