Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Comercio Exterior. Ayudas. (2024064044)
Extracto de la Resolución de 3 de diciembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas para el fomento del empleo especializado en comercio exterior correspondiente al ejercicio 2024-2025.
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NÚMERO 242
Lunes 16 de diciembre de 2024

63119

El coste de las ayudas será imputado a la aplicación presupuestaria 14.003 341A 470.00 y
proyecto de gasto 20230035 denominado “Ayudas para el fomento del empleo especializado en comercio exterior”. Estas ayudas están sometidas a las disposiciones del Reglamento
(UE) 2021/1057 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021 por el que se
establece el Fondo Social Europeo Plus (FSE+), y se encuentran encuadradas en el programa
FSE+ Extremadura 2021- 2027, dentro del objetivo específico : “mejorar el acceso al empleo
y a medidas de activación de todos los demandantes de empleo, y en particular de las personas jóvenes, especialmente a través de la aplicación de la Garantía Juvenil, de los desempleados de larga duración y los grupos desfavorecidos en el mercado laboral, y de las personas
inactivas, así como mediante la promoción del empleo por cuenta propia y la economía social”,
con la cofinanciación del 85 % por el Fondo Social Europeo Plus (FSE+).
Sexto. Hecho subvencionable y condiciones de elegibilidad.
1. E
 l hecho subvencionable será la celebración del contrato, siempre y cuando responda a las
siguientes condiciones y características:
a) Sea celebrado con personas que cumpliendo las condiciones específicas de subvencionabilidad establecidas en el artículo 6 de las bases reguladoras, además:


— Estuvieran desempleadas al día de la contratación.



— No hubieran prestado servicios en los seis meses anteriores, mediante contratos de
duración determinada durante un período, continuo o discontinuo, superior a 30 días
efectivamente trabajados según vida laboral, en la misma empresa contratante o
vinculadas.

b) Tenga carácter indefinido y a jornada completa.
c) Tenga un código de cuenta de cotización a la Seguridad Social que corresponda a las
provincias de Badajoz o Cáceres.
d) Esté encuadrado en el grupo de cotización acorde a la titulación de la persona contratada, conforme a las siguientes correspondencias:


— Ingenieros, licenciados universitarios o grados equivalentes: Grupo I.



— Ingenieros técnicos, diplomados universitarios o equivalente: Grupo II.



— Formación profesional de grado superior: Grupo III.

e) N
 o se encuentre en algunas de las situaciones de exclusión que figuran en el artículo 7
del Decreto 59/2023, de 24 de mayo.