Extremadura Avante Servicios Avanzados A Pymes, Slu. Promoción Empresarial. Ayudas. (2024AC0102)
Acuerdo de 4 de diciembre de 2024, del Consejero Delegado, por el que se realiza la convocatoria de las ayudas para la participación agrupada en la Misión Comercial Directa Bélgica-Países Bajos 2025 (Código MCD25BENE).
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NÚMERO 242
Lunes 16 de diciembre de 2024
63243
3. E
l importe de ayuda efectiva será notificado individualmente a cada beneficiario, mediante
una modificación de la resolución de concesión inicial.
4. L
a intensidad de la ayuda por convocatoria, será del 100 % de los gastos subvencionables,
no pudiendo superar el importe de la ayuda la cuantía de 30.000 euros por beneficiario.
Sexto. Solicitudes y plazo de presentación.
1. L
a solicitud y documentación necesaria se presentará a través de Sede Electrónica Asociada
mediante el acceso a través del Punto de Acceso General Electrónico en la siguiente dirección electrónica: https://www.juntaex.es/w/0703024 .
Las solicitudes de ayudas se dirigirán a la Consejería Delegada de Extremadura Avante
Servicios Avanzados a Pymes, SLU, con arreglo al modelo del anexo I.
Las solicitudes deberán presentarse de forma electrónica, de conformidad con lo establecido
en el apartado 2 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, utilizando el modelo normalizado de solicitud disponible en la siguiente dirección electrónica, https://www.juntaex.es/w/0703024 ,
junto con la documentación que deba acompañarse, a través del procedimiento telemático
habilitado al efecto en la misma y se cumplimentará utilizando dicha herramienta informática y según las instrucciones establecidas.
2. L
os interesados podrán presentar las solicitudes en el plazo de 6 días hábiles a partir del
día siguiente al que se publique la presente convocatoria y su extracto en el Diario Oficial
de Extremadura https://doe.juntaex.es.
3. T
oda la información referente a la tramitación concreta del procedimiento se hallará en el Punto
de Acceso General electrónico de los servicios y trámites, https://www.juntaex.es/tramites.
El acceso a la información general relativa a la regulación de este procedimiento se efectuará a través del Punto de Acceso General Electrónico, https://www.juntaex.es/w/0703024,
y en la página web de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU
www.extremaduraavante.es .
4. L
a presentación de solicitudes para optar a estas ayudas supone la aceptación expresa y
formal de lo establecido en la presente convocatoria.
5. C
uando la solicitud de ayuda no reúna los requisitos establecidos o no se acompañen los
documentos exigidos, se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días hábiles,
subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que si así no lo
hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada
Lunes 16 de diciembre de 2024
63243
3. E
l importe de ayuda efectiva será notificado individualmente a cada beneficiario, mediante
una modificación de la resolución de concesión inicial.
4. L
a intensidad de la ayuda por convocatoria, será del 100 % de los gastos subvencionables,
no pudiendo superar el importe de la ayuda la cuantía de 30.000 euros por beneficiario.
Sexto. Solicitudes y plazo de presentación.
1. L
a solicitud y documentación necesaria se presentará a través de Sede Electrónica Asociada
mediante el acceso a través del Punto de Acceso General Electrónico en la siguiente dirección electrónica: https://www.juntaex.es/w/0703024 .
Las solicitudes de ayudas se dirigirán a la Consejería Delegada de Extremadura Avante
Servicios Avanzados a Pymes, SLU, con arreglo al modelo del anexo I.
Las solicitudes deberán presentarse de forma electrónica, de conformidad con lo establecido
en el apartado 2 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, utilizando el modelo normalizado de solicitud disponible en la siguiente dirección electrónica, https://www.juntaex.es/w/0703024 ,
junto con la documentación que deba acompañarse, a través del procedimiento telemático
habilitado al efecto en la misma y se cumplimentará utilizando dicha herramienta informática y según las instrucciones establecidas.
2. L
os interesados podrán presentar las solicitudes en el plazo de 6 días hábiles a partir del
día siguiente al que se publique la presente convocatoria y su extracto en el Diario Oficial
de Extremadura https://doe.juntaex.es.
3. T
oda la información referente a la tramitación concreta del procedimiento se hallará en el Punto
de Acceso General electrónico de los servicios y trámites, https://www.juntaex.es/tramites.
El acceso a la información general relativa a la regulación de este procedimiento se efectuará a través del Punto de Acceso General Electrónico, https://www.juntaex.es/w/0703024,
y en la página web de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU
www.extremaduraavante.es .
4. L
a presentación de solicitudes para optar a estas ayudas supone la aceptación expresa y
formal de lo establecido en la presente convocatoria.
5. C
uando la solicitud de ayuda no reúna los requisitos establecidos o no se acompañen los
documentos exigidos, se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días hábiles,
subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que si así no lo
hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada