Extremadura Avante Servicios Avanzados A Pymes, Slu. Promoción Empresarial. Ayudas. (2024AC0102)
Acuerdo de 4 de diciembre de 2024, del Consejero Delegado, por el que se realiza la convocatoria de las ayudas para la participación agrupada en la Misión Comercial Directa Bélgica-Países Bajos 2025 (Código MCD25BENE).
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NÚMERO 242
Lunes 16 de diciembre de 2024
63248
La designación de miembros se publicará en el Diario Oficial de Extremadura
http://doe.juntaex.es , así como en el tablón de anuncios de Extremadura Avante Servicios
Avanzados a Pymes, SLU, una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, debiéndose respetar la composición establecida en el artículo 29 de la Ley 8/2011, de 23 de marzo,
de Igualdad entre Mujeres y Hombres y contra la Violencia de Género en Extremadura, con el
objeto de garantizar en el mismo la representación equilibrada de hombres y mujeres.
Undécimo. Criterios de valoración de las solicitudes.
Para la concesión de las ayudas se valorarán los siguientes aspectos, de acuerdo con la siguiente baremación, con un máximo de 100 puntos:
1. C
riterios generales de valoración:
a) Que la actividad principal del solicitante pertenezca a uno de los siguientes subsectores
preferentes, máximo 34 puntos.
• 255.2 -Fabricación jabones tocador y otros productos de perfumería y cosmética
• 614.1- Comercio al por mayor de productos farmacéuticos y medicamentos
• 614.2- Comercio al por mayor de productos de perfumería, droguería, higiene y belleza
• 615.4- Comercio al por mayor de aparatos y materiales radioeléctricos y electrónicos
• 619.2- Comercio al por mayor de aparatos e instrumentos médicos, ortopédicos, ópticos
y fotográficos
• 843.1-Servicios técnicos de ingeniería
• 936-Investigación científica y técnica
b) Volumen de ventas fuera de España con relación al volumen total de operaciones, del
ejercicio contable anterior a la fecha de publicación de la presente convocatoria, máximo 26 puntos.
La valoración de este criterio será realizada según la siguiente baremación:
— Más del 80%: 26 puntos.
— Igual o superior al 70% e inferior al 80%: 24 puntos.
— Igual o superior al 60% e inferior al 70%: 22 puntos.
Lunes 16 de diciembre de 2024
63248
La designación de miembros se publicará en el Diario Oficial de Extremadura
http://doe.juntaex.es , así como en el tablón de anuncios de Extremadura Avante Servicios
Avanzados a Pymes, SLU, una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, debiéndose respetar la composición establecida en el artículo 29 de la Ley 8/2011, de 23 de marzo,
de Igualdad entre Mujeres y Hombres y contra la Violencia de Género en Extremadura, con el
objeto de garantizar en el mismo la representación equilibrada de hombres y mujeres.
Undécimo. Criterios de valoración de las solicitudes.
Para la concesión de las ayudas se valorarán los siguientes aspectos, de acuerdo con la siguiente baremación, con un máximo de 100 puntos:
1. C
riterios generales de valoración:
a) Que la actividad principal del solicitante pertenezca a uno de los siguientes subsectores
preferentes, máximo 34 puntos.
• 255.2 -Fabricación jabones tocador y otros productos de perfumería y cosmética
• 614.1- Comercio al por mayor de productos farmacéuticos y medicamentos
• 614.2- Comercio al por mayor de productos de perfumería, droguería, higiene y belleza
• 615.4- Comercio al por mayor de aparatos y materiales radioeléctricos y electrónicos
• 619.2- Comercio al por mayor de aparatos e instrumentos médicos, ortopédicos, ópticos
y fotográficos
• 843.1-Servicios técnicos de ingeniería
• 936-Investigación científica y técnica
b) Volumen de ventas fuera de España con relación al volumen total de operaciones, del
ejercicio contable anterior a la fecha de publicación de la presente convocatoria, máximo 26 puntos.
La valoración de este criterio será realizada según la siguiente baremación:
— Más del 80%: 26 puntos.
— Igual o superior al 70% e inferior al 80%: 24 puntos.
— Igual o superior al 60% e inferior al 70%: 22 puntos.