Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024064008)
Resolución de 29 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para el proyecto de explotación porcina, cuyo titular es Miguel Ángel González García, en el término municipal de Jaraicejo.
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NÚMERO 241

62877

Viernes 13 de diciembre de 2024

(1)

RESIDUO

ORIGEN

CÓDIGO LER(1)

CANTIDAD
Tm/año

Productos químicos que consisten
en, o contienen, sustancias
peligrosas

Tratamiento o prevención de
enfermedades de animales

18 02 05

0,001

Medicamentos citotóxicos o
citostáticos

Tratamiento o prevención de
enfermedades de animales

18 02 07

0,001

Filtros de aceite

Mantenimiento de la maquinaria

16 01 07

0,001

Residuos de aceite de motor de
transmisión mecánica y lubricantes

Mantenimiento de la maquinaria

13 02

0,002

LER: Lista Europea de Residuos publicada por la Decisión de la Comisión 2014/955/UE de 18 de diciembre de 2014.

2. L
 os residuos no peligrosos que se generarán con mayor frecuencia son los siguientes:

CÓDIGO LER

CANTIDAD
Tm/año

RESIDUO

ORIGEN

Papel y cartón

Residuos asimilables a los municipales

20 01 01

-

Plástico

Residuos asimilables a los municipales

20 01 39

0,005

Mezcla de residuos
municipales

Residuos asimilables a los municipales

20 03 01

-

Residuos de construcción y
demolición

Operaciones de mantenimiento o
nuevas infraestructuras

17 01 07

-

Lodos de fosa séptica

Residuos almacenados en fosa estanca
de aseos y servicios

20 03 04

1.076 m3

Medicamentos distintos de
los especificados en el código
18 02 07

Tratamiento o prevención de
enfermedades de animales

18 02 08

(1)

-

3. L
 a gestión y generación de cualquier otro residuo no indicado en los apartados b.1 o b.2,
deberá ser comunicada a esta Dirección General de Sostenibilidad.
4. J unto con el certificado final de obra el titular de la instalación deberá indicar a esta Dirección General de Sostenibilidad qué tipo de gestión y qué gestores autorizados o inscritos
de conformidad con la Ley 7/2022, de 8 de abril de residuos y suelos contaminados para
una economía circular, se harán cargo de los residuos generados por la actividad con el
fin último de su valorización o eliminación, incluyendo los residuos asimilables a urbanos.
Éstos deberán estar registrados como Gestores de Residuos según corresponda.
5. Q
 ueda expresamente prohibida la mezcla de los residuos generados entre sí o con otros
residuos. Los residuos deberán segregarse desde su origen, disponiéndose de los medios
de recogida y almacenamiento intermedio adecuados para evitar dichas mezclas.