Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024064008)
Resolución de 29 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para el proyecto de explotación porcina, cuyo titular es Miguel Ángel González García, en el término municipal de Jaraicejo.
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NÚMERO 241
62877
Viernes 13 de diciembre de 2024
(1)
RESIDUO
ORIGEN
CÓDIGO LER(1)
CANTIDAD
Tm/año
Productos químicos que consisten
en, o contienen, sustancias
peligrosas
Tratamiento o prevención de
enfermedades de animales
18 02 05
0,001
Medicamentos citotóxicos o
citostáticos
Tratamiento o prevención de
enfermedades de animales
18 02 07
0,001
Filtros de aceite
Mantenimiento de la maquinaria
16 01 07
0,001
Residuos de aceite de motor de
transmisión mecánica y lubricantes
Mantenimiento de la maquinaria
13 02
0,002
LER: Lista Europea de Residuos publicada por la Decisión de la Comisión 2014/955/UE de 18 de diciembre de 2014.
2. L
os residuos no peligrosos que se generarán con mayor frecuencia son los siguientes:
CÓDIGO LER
CANTIDAD
Tm/año
RESIDUO
ORIGEN
Papel y cartón
Residuos asimilables a los municipales
20 01 01
-
Plástico
Residuos asimilables a los municipales
20 01 39
0,005
Mezcla de residuos
municipales
Residuos asimilables a los municipales
20 03 01
-
Residuos de construcción y
demolición
Operaciones de mantenimiento o
nuevas infraestructuras
17 01 07
-
Lodos de fosa séptica
Residuos almacenados en fosa estanca
de aseos y servicios
20 03 04
1.076 m3
Medicamentos distintos de
los especificados en el código
18 02 07
Tratamiento o prevención de
enfermedades de animales
18 02 08
(1)
-
3. L
a gestión y generación de cualquier otro residuo no indicado en los apartados b.1 o b.2,
deberá ser comunicada a esta Dirección General de Sostenibilidad.
4. J unto con el certificado final de obra el titular de la instalación deberá indicar a esta Dirección General de Sostenibilidad qué tipo de gestión y qué gestores autorizados o inscritos
de conformidad con la Ley 7/2022, de 8 de abril de residuos y suelos contaminados para
una economía circular, se harán cargo de los residuos generados por la actividad con el
fin último de su valorización o eliminación, incluyendo los residuos asimilables a urbanos.
Éstos deberán estar registrados como Gestores de Residuos según corresponda.
5. Q
ueda expresamente prohibida la mezcla de los residuos generados entre sí o con otros
residuos. Los residuos deberán segregarse desde su origen, disponiéndose de los medios
de recogida y almacenamiento intermedio adecuados para evitar dichas mezclas.
62877
Viernes 13 de diciembre de 2024
(1)
RESIDUO
ORIGEN
CÓDIGO LER(1)
CANTIDAD
Tm/año
Productos químicos que consisten
en, o contienen, sustancias
peligrosas
Tratamiento o prevención de
enfermedades de animales
18 02 05
0,001
Medicamentos citotóxicos o
citostáticos
Tratamiento o prevención de
enfermedades de animales
18 02 07
0,001
Filtros de aceite
Mantenimiento de la maquinaria
16 01 07
0,001
Residuos de aceite de motor de
transmisión mecánica y lubricantes
Mantenimiento de la maquinaria
13 02
0,002
LER: Lista Europea de Residuos publicada por la Decisión de la Comisión 2014/955/UE de 18 de diciembre de 2014.
2. L
os residuos no peligrosos que se generarán con mayor frecuencia son los siguientes:
CÓDIGO LER
CANTIDAD
Tm/año
RESIDUO
ORIGEN
Papel y cartón
Residuos asimilables a los municipales
20 01 01
-
Plástico
Residuos asimilables a los municipales
20 01 39
0,005
Mezcla de residuos
municipales
Residuos asimilables a los municipales
20 03 01
-
Residuos de construcción y
demolición
Operaciones de mantenimiento o
nuevas infraestructuras
17 01 07
-
Lodos de fosa séptica
Residuos almacenados en fosa estanca
de aseos y servicios
20 03 04
1.076 m3
Medicamentos distintos de
los especificados en el código
18 02 07
Tratamiento o prevención de
enfermedades de animales
18 02 08
(1)
-
3. L
a gestión y generación de cualquier otro residuo no indicado en los apartados b.1 o b.2,
deberá ser comunicada a esta Dirección General de Sostenibilidad.
4. J unto con el certificado final de obra el titular de la instalación deberá indicar a esta Dirección General de Sostenibilidad qué tipo de gestión y qué gestores autorizados o inscritos
de conformidad con la Ley 7/2022, de 8 de abril de residuos y suelos contaminados para
una economía circular, se harán cargo de los residuos generados por la actividad con el
fin último de su valorización o eliminación, incluyendo los residuos asimilables a urbanos.
Éstos deberán estar registrados como Gestores de Residuos según corresponda.
5. Q
ueda expresamente prohibida la mezcla de los residuos generados entre sí o con otros
residuos. Los residuos deberán segregarse desde su origen, disponiéndose de los medios
de recogida y almacenamiento intermedio adecuados para evitar dichas mezclas.