Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024064008)
Resolución de 29 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para el proyecto de explotación porcina, cuyo titular es Miguel Ángel González García, en el término municipal de Jaraicejo.
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NÚMERO 241
Viernes 13 de diciembre de 2024

62871

RESOLUCIÓN de 29 de noviembre de 2024, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para
el proyecto de explotación porcina, cuyo titular es Miguel Ángel González
García, en el término municipal de Jaraicejo. (2024064008)
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Con fecha 20 de marzo de 2024 tiene entrada en el Registro Único de la Junta de
Extremadura, la solicitud de autorización ambiental unificada (AAU) para la instalación de
explotación porcina de cebo en régimen extensivo en el término municipal de Jaraicejo (Cáceres) y promovida por Miguel Ángel González García, con NIF ***3738** con domicilio en c/
Pedro de Lorenzo, n.º 2-3.º D, CP 10600 de Plasencia.
Segundo. El proyecto consiste en la instalación de una explotación porcina de cebo en régimen extensivo con capacidad de 468 cerdos cebo. Esta actividad está incluida en el ámbito
de aplicación de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad
Autónoma de Extremadura. En particular en la categoría 1.2 del anexo II.
La explotación se ubicará en la parcela 5007 del polígono 505, del término municipal de Jaraicejo, con una superficie de 401 ha. Las características esenciales del proyecto se describen
en la presente resolución.
Tercero. Se publica Anuncio de fecha 24 de abril de 2024 en la página web del órgano ambiental y en el Diario Oficial de Extremadura (DOE número 117, de 18 de junio), poniendo a
disposición del público, durante un plazo de 20 días, la información relativa al procedimiento
de solicitud de autorización ambiental unificada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16.3 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma
de Extremadura modificado por el Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes
para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Dentro de este periodo no se han recibido alegaciones.
Cuarto. Simultáneamente al periodo de información pública, mediante escrito registrado de
salida con fecha 25 de abril de 2024, se remite la solicitud de AAU al Ayuntamiento de Jaraicejo (Cáceres), a fin de solicitarle el informe técnico sobre la adecuación de la instalación
analizada a todos aquellos aspectos que sean de su competencia, en virtud de lo dispuesto
en el artículo 16, punto 4 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, modificado por el Decreto-ley
3/2021, de 3 de marzo.
Con fecha 29 de mayo de 2024, el Técnico Municipal del Ayuntamiento de Jaraicejo emite
informe en el que concluye que “Que el uso previsto de explotación porcina extensiva es compatible con el planeamiento urbanístico de aplicación, atendiendo a su carácter de explotación