Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024063990)
Resolución de 8 de octubre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental integrada a una industria de conservas vegetales ultracongeladas, titularidad de Ulbasa, SA, ubicada en término municipal de La Albuera. Expte.: AAI23/009.
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NÚMERO 240
Jueves 12 de diciembre de 2024
62706
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO SOSTENIBLE
RESOLUCIÓN de 8 de octubre de 2024, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental integrada a una
industria de conservas vegetales ultracongeladas, titularidad de Ulbasa, SA,
ubicada en término municipal de La Albuera. Expte.: AAI23/009. (2024063990)
ANTECEDENTES DE HECHO:
Primero. Con fecha de entrada en el Registro Único de la Junta de Extremadura de 4 de julio
de 2023, Ulbasa, SA, solicitó autorización ambiental integrada (AAI) para la ampliación de
una industria de conservas vegetales ultracongeladas localizada en La Albuera (Badajoz). La
descripción de la fábrica de conservas vegetales está contemplada en el anexo I de la presente resolución.
Segundo. Esta industria obtuvo autorización ambiental unificada mediante Resolución de 6
de junio de 2019 de la Dirección General de Medio Ambiente, en el expediente AAU18/172, y
publicada en DOE n.º 132, de 10 de julio de 2019.
Tercero. Con la ampliación proyectada, la industria de conservas vegetales ultracongeladas
se encuentra dentro del ámbito de aplicación del Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de
diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, en las categorías 9.1.b.ii) del anexo I, relativa a “Instalaciones
para tratamiento y transformación, diferente del mero envasado, de las siguientes materias
primas, tratadas o no previamente, destinadas a la fabricación de productos alimenticios o
piensos a partir de materia prima vegetal de una capacidad de producción de productos acabados superior a 300 toneladas por día o 600 toneladas por día en caso de que la instalación
funcione durante un período no superior a 90 días consecutivos en un año cualquiera”.
Cuarto. La industria se localizada en el polígono industrial “El Chaparral” del municipio de La
Albuera, en la parcela de referencia catastral 1852624PC9815S0001XJ.
Quinto. Para dar cumplimiento al artículo 13 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura y al artículo 16, del Real Decreto
Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de
prevención y control integrados de la contaminación, mediante anuncio de 19 de diciembre
de 2023, publicado en el Diario Oficial de Extremadura (DOE) n.º 248, de 29 de diciembre
de 2023, se comunicó al público en general el trámite de información pública, por el que la
solicitud de la autorización ambiental integrada de la industria de conservas vegetales ultracongeladas, solicitada por Ulbasa, SA, en el término municipal de La Albuera, podía ser
examinada, durante 30 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el
DOE. Durante ese periodo no ha habido alegación alguna.
Jueves 12 de diciembre de 2024
62706
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO SOSTENIBLE
RESOLUCIÓN de 8 de octubre de 2024, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental integrada a una
industria de conservas vegetales ultracongeladas, titularidad de Ulbasa, SA,
ubicada en término municipal de La Albuera. Expte.: AAI23/009. (2024063990)
ANTECEDENTES DE HECHO:
Primero. Con fecha de entrada en el Registro Único de la Junta de Extremadura de 4 de julio
de 2023, Ulbasa, SA, solicitó autorización ambiental integrada (AAI) para la ampliación de
una industria de conservas vegetales ultracongeladas localizada en La Albuera (Badajoz). La
descripción de la fábrica de conservas vegetales está contemplada en el anexo I de la presente resolución.
Segundo. Esta industria obtuvo autorización ambiental unificada mediante Resolución de 6
de junio de 2019 de la Dirección General de Medio Ambiente, en el expediente AAU18/172, y
publicada en DOE n.º 132, de 10 de julio de 2019.
Tercero. Con la ampliación proyectada, la industria de conservas vegetales ultracongeladas
se encuentra dentro del ámbito de aplicación del Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de
diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, en las categorías 9.1.b.ii) del anexo I, relativa a “Instalaciones
para tratamiento y transformación, diferente del mero envasado, de las siguientes materias
primas, tratadas o no previamente, destinadas a la fabricación de productos alimenticios o
piensos a partir de materia prima vegetal de una capacidad de producción de productos acabados superior a 300 toneladas por día o 600 toneladas por día en caso de que la instalación
funcione durante un período no superior a 90 días consecutivos en un año cualquiera”.
Cuarto. La industria se localizada en el polígono industrial “El Chaparral” del municipio de La
Albuera, en la parcela de referencia catastral 1852624PC9815S0001XJ.
Quinto. Para dar cumplimiento al artículo 13 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura y al artículo 16, del Real Decreto
Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de
prevención y control integrados de la contaminación, mediante anuncio de 19 de diciembre
de 2023, publicado en el Diario Oficial de Extremadura (DOE) n.º 248, de 29 de diciembre
de 2023, se comunicó al público en general el trámite de información pública, por el que la
solicitud de la autorización ambiental integrada de la industria de conservas vegetales ultracongeladas, solicitada por Ulbasa, SA, en el término municipal de La Albuera, podía ser
examinada, durante 30 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el
DOE. Durante ese periodo no ha habido alegación alguna.