Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024063967)
Resolución de 26 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de legalización de casa rural en vivienda existente, cuya promotora es María Jesús López Megías, en el término municipal de Fuente de Cantos. Expte.: IA23/1789.
15 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 238
Martes 10 de diciembre de 2024
62425
Alternativa 0. Corresponde a no ejecutar la actividad de casa rural. El promotor descarta esta alternativa al existir demanda de turismo rural en la zona.
Alternativa 1. Corresponde a ubicar la casa rural en suelo urbano, en una parcela o
en una vivienda existente.
Alternativa 2. Corresponde a ubicar la casa rural en una parcela rústica con buen
acceso, con vivienda existente y en buen estado.
Alternativa elegida. La alternativa seleccionada es la 2 ya que se considera la más
viable desde el punto de vista ambiental, técnico y económico, así como la más sostenible para la zona.
3.3 Características del potencial impacto.
— Red Natura 2000 y Áreas Protegidas.
Tal y como indica el Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas en
su informe, el proyecto no se encuentra incluido dentro de la Red de Áreas Protegidas
de Extremadura, y la actividad no es susceptible de afectar de forma apreciable a los
lugares incluidos en la Red Natura 2000 o a sus valores ambientales.
— Sistema hidrológico y calidad de las aguas.
Según la Confederación Hidrográfica del Guadiana, el cauce de un arroyo tributario del
arroyo del Villar discurre a unos 500 metros al sur de la zona de actuación planteada,
por lo que no se prevé afección física alguna a cauces que constituyan el Dominio Público Hidráulico del Estado.
El abastecimiento de agua para el consumo se efectuará desde un pozo existente, sin
indicar la ubicación del mismo. Se ha comprobado que, en la parcela afectada, no existe
ningún derecho de aguas otorgado ni expediente administrativo en trámite en la Confederación Hidrográfica del Guadiana.
Con respecto al saneamiento de las aguas residuales, de acuerdo con la documentación
aportada no se contemplan vertidos al DPH, pues se instalará una fosa séptica estanca
para contener las aguas residuales que se produzcan en la casa rural.
— Suelos.
Dado que no se contempla fase de construcción, los impactos producidos sobre el suelo
en la fase de funcionamiento serán la ocupación del mismo por el alojamiento de tu-
Martes 10 de diciembre de 2024
62425
Alternativa 0. Corresponde a no ejecutar la actividad de casa rural. El promotor descarta esta alternativa al existir demanda de turismo rural en la zona.
Alternativa 1. Corresponde a ubicar la casa rural en suelo urbano, en una parcela o
en una vivienda existente.
Alternativa 2. Corresponde a ubicar la casa rural en una parcela rústica con buen
acceso, con vivienda existente y en buen estado.
Alternativa elegida. La alternativa seleccionada es la 2 ya que se considera la más
viable desde el punto de vista ambiental, técnico y económico, así como la más sostenible para la zona.
3.3 Características del potencial impacto.
— Red Natura 2000 y Áreas Protegidas.
Tal y como indica el Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas en
su informe, el proyecto no se encuentra incluido dentro de la Red de Áreas Protegidas
de Extremadura, y la actividad no es susceptible de afectar de forma apreciable a los
lugares incluidos en la Red Natura 2000 o a sus valores ambientales.
— Sistema hidrológico y calidad de las aguas.
Según la Confederación Hidrográfica del Guadiana, el cauce de un arroyo tributario del
arroyo del Villar discurre a unos 500 metros al sur de la zona de actuación planteada,
por lo que no se prevé afección física alguna a cauces que constituyan el Dominio Público Hidráulico del Estado.
El abastecimiento de agua para el consumo se efectuará desde un pozo existente, sin
indicar la ubicación del mismo. Se ha comprobado que, en la parcela afectada, no existe
ningún derecho de aguas otorgado ni expediente administrativo en trámite en la Confederación Hidrográfica del Guadiana.
Con respecto al saneamiento de las aguas residuales, de acuerdo con la documentación
aportada no se contemplan vertidos al DPH, pues se instalará una fosa séptica estanca
para contener las aguas residuales que se produzcan en la casa rural.
— Suelos.
Dado que no se contempla fase de construcción, los impactos producidos sobre el suelo
en la fase de funcionamiento serán la ocupación del mismo por el alojamiento de tu-