Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Convenios Colectivos. (2024063961)
Resolución de 26 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del Acta de fecha 7 de noviembre de 2024, en la que se acuerda el calendario laboral para el año 2025 del Convenio Colectivo de sector "Derivados del cemento, yesos y cales, almacenistas materiales de construcción, canteras y graveras y otras actividades".
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NÚMERO 237
Jueves 5 de diciembre de 2024
62288
—
24, 26 y 31 de diciembre.
—
1 día en ferias y fiestas de cada localidad, que en el caso de Badajoz capital será el 3
de marzo y el 23 de mayo para Mérida.
—
Reducción de una hora diaria entre el 14 de julio y el 14 de agosto, ambos inclusive,
como consecuencia de la jornada de verano.
Si alguno de estos días coincidiese con fiesta local, se declarará día festivo no recuperable
el inmediato hábil anterior o posterior, salvo pacto en contrario entre empresa y la representación legal de los trabajadores. Estos días no serán computables al efecto del disfrute
de las vacaciones.
2. E
n el supuesto de que en alguna localidad coincidiese una fiesta local con sábado o domingo, pasaría a declararse día festivo de convenio el inmediatamente hábil anterior o
posterior.
3. En el caso de que la empresa con la representación de los trabajadores acuerde no realizar
la jornada de verano entre el 14 de julio y el 14 de agosto, ambos inclusive, se establecerán en sustitución tres días festivos de convenio, acordando los días en que se compensan.
Por unanimidad se delega en Encarna Chacón Belmonte, con DNI ****610**, la tramitación
para la publicación y efectos de estos acuerdos.
No habiendo más asuntos que tratar, se da por finalizada la reunión, siendo las 18:10 horas
del día de la fecha, levantando la presente acta el secretario de la comisión que en prueba de
conformidad firman todos los asistentes en el lugar y fecha ut supra.
Por UGT-FICA:
Por CCOO del Hábitat:
Por CNC Badajoz:
Jueves 5 de diciembre de 2024
62288
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24, 26 y 31 de diciembre.
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1 día en ferias y fiestas de cada localidad, que en el caso de Badajoz capital será el 3
de marzo y el 23 de mayo para Mérida.
—
Reducción de una hora diaria entre el 14 de julio y el 14 de agosto, ambos inclusive,
como consecuencia de la jornada de verano.
Si alguno de estos días coincidiese con fiesta local, se declarará día festivo no recuperable
el inmediato hábil anterior o posterior, salvo pacto en contrario entre empresa y la representación legal de los trabajadores. Estos días no serán computables al efecto del disfrute
de las vacaciones.
2. E
n el supuesto de que en alguna localidad coincidiese una fiesta local con sábado o domingo, pasaría a declararse día festivo de convenio el inmediatamente hábil anterior o
posterior.
3. En el caso de que la empresa con la representación de los trabajadores acuerde no realizar
la jornada de verano entre el 14 de julio y el 14 de agosto, ambos inclusive, se establecerán en sustitución tres días festivos de convenio, acordando los días en que se compensan.
Por unanimidad se delega en Encarna Chacón Belmonte, con DNI ****610**, la tramitación
para la publicación y efectos de estos acuerdos.
No habiendo más asuntos que tratar, se da por finalizada la reunión, siendo las 18:10 horas
del día de la fecha, levantando la presente acta el secretario de la comisión que en prueba de
conformidad firman todos los asistentes en el lugar y fecha ut supra.
Por UGT-FICA:
Por CCOO del Hábitat:
Por CNC Badajoz: