Servicio Extremeño Público De Empleo. Fomento Del Empleo. Subvenciones. (2024063985)
Extracto de la Resolución de 19 de noviembre del 2024, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas a financiar planes de formación dirigidos a la capacitación para el desarrollo de funciones relacionadas con el diálogo social y la negociación colectiva en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, correspondiente al ejercicio 2025.
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NÚMERO 237
Jueves 5 de diciembre de 2024

62327

EXTRACTO de la Resolución de 19 de noviembre del 2024, de la Secretaría
General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas
a financiar planes de formación dirigidos a la capacitación para el desarrollo
de funciones relacionadas con el diálogo social y la negociación colectiva en
el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, correspondiente al
ejercicio 2025. (2024063985)
BDNS(Identif.): 800322
BDNS(Identif.): 800323
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la orden arriba referenciada, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
((http://www.infosubvenciones.gob.es ) y en el presente Diario Oficial de Extremadura.
Primero. Objeto.
Convocatoria para el ejercicio 2025 de subvenciones destinadas a la financiación de planes de formación dirigidos a la capacitación para el desarrollo de las funciones relacionadas
con el diálogo social y la negociación colectiva, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
Segundo. Beneficiarios.
1. De conformidad con lo establecido en el artículo 5 de la Orden de 16 de noviembre de 2021,
podrán ser entidades beneficiarias de las subvenciones objeto de la presente convocatoria:
a) En relación con las subvenciones destinadas a la financiación de planes de formación
previstos en el artículo 4.1 a) de la Orden de 16 de noviembre de 2021, compuestos por
actividades formativas dirigidas a la capacitación para el desarrollo de las funciones relacionadas con el diálogo social y la negociación colectiva en el ámbito de la Comunidad
Autónoma de Extremadura:


1º. Las organizaciones sindicales más representativas en el ámbito de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, según lo dispuesto en el apartado 1 del artículo séptimo de la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical, así como
las fundaciones u otras entidades constituidas por aquéllas para la consecución de
cualesquiera de esos fines.

2º. Las organizaciones empresariales que participen en el ámbito de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, en los términos establecidos en la disposición adicional