Diputación Provincial De Cáceres. Tributos. (2024ED0022)
Edicto de 11 de noviembre de 2024 sobre el Convenio entre el Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria y la Entidad Local Menor de La Moheda de Gata para la delegación de la gestión y recaudación de los tributos locales.
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NÚMERO 237
62377
Jueves 5 de diciembre de 2024
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁCERES
EDICTO de 11 de noviembre de 2024 sobre el Convenio entre el Organismo
Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria y la Entidad Local Menor de
La Moheda de Gata para la delegación de la gestión y recaudación de los
tributos locales. (2024ED0022)
El Pleno de la Excelentísima Diputación Provincial en sesión ordinaria de fecha 26 de septiembre de 2024 adoptó, entre otros, el Acuerdo de aprobar el Convenio de delegación entre la
Entidad Local Menor de La Moheda de Gata y el Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres, para la gestión y recaudación
de los tributos locales.
CONVENIO ENTRE EL ORGANISMO AUTÓNOMO DE RECAUDACIÓN Y GESTIÓN
TRIBUTARIA Y LA ENTIDAD LOCAL MENOR DE LA MOHEDA DE GATA PARA LA
DELEGACIÓN DE LA GESTIÓN Y RECAUDACIÓN DE LOS TRIBUTOS LOCALES.
Cáceres, 16 de octubre de 2024.
REUNIDOS:
De una parte, el Sr. D. Miguel Ángel Morales Sánchez, Presidente del Organismo Autónomo de
Recaudación y Gestión Tributaria de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres, con CIF n.º
P6000001E, en nombre del mismo y asistido por el Secretario del Organismo, Sr. D. Martín
Morgado Panadero y de conformidad con el acuerdo adoptado por el Pleno de la Excelentísima
Diputación Provincial en su sesión ordinaria de fecha 26 de septiembre de 2024.
Y, de otra parte, el Sr. D. Luis Mariano Haro Lozano, Alcalde-Presidente de la Entidad Local
Menor de La Moheda de Gata, con CIF n.º P1000041B y asistido por la Secretaria municipal
Sra. Dña. María Teresa Figueroa Pérez y de conformidad con el acuerdo adoptado por el Pleno
de la Corporación en sesión ordinaria de fecha 20 de marzo de 2024.
EXPONEN:
I
Que la Entidad Local Menor, como titular de las potestades tributarias, financieras y de ejecución forzosa que entre otras, le reconoce el artículo 4.º de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases de Régimen Local, tiene atribuida la competencia para la gestión,
liquidación, recaudación e inspección de sus tributos propios, sin perjuicio de las delegaciones
que pueda otorgar a favor de las entidades locales de ámbito superior y de las fórmulas de
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Jueves 5 de diciembre de 2024
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁCERES
EDICTO de 11 de noviembre de 2024 sobre el Convenio entre el Organismo
Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria y la Entidad Local Menor de
La Moheda de Gata para la delegación de la gestión y recaudación de los
tributos locales. (2024ED0022)
El Pleno de la Excelentísima Diputación Provincial en sesión ordinaria de fecha 26 de septiembre de 2024 adoptó, entre otros, el Acuerdo de aprobar el Convenio de delegación entre la
Entidad Local Menor de La Moheda de Gata y el Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres, para la gestión y recaudación
de los tributos locales.
CONVENIO ENTRE EL ORGANISMO AUTÓNOMO DE RECAUDACIÓN Y GESTIÓN
TRIBUTARIA Y LA ENTIDAD LOCAL MENOR DE LA MOHEDA DE GATA PARA LA
DELEGACIÓN DE LA GESTIÓN Y RECAUDACIÓN DE LOS TRIBUTOS LOCALES.
Cáceres, 16 de octubre de 2024.
REUNIDOS:
De una parte, el Sr. D. Miguel Ángel Morales Sánchez, Presidente del Organismo Autónomo de
Recaudación y Gestión Tributaria de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres, con CIF n.º
P6000001E, en nombre del mismo y asistido por el Secretario del Organismo, Sr. D. Martín
Morgado Panadero y de conformidad con el acuerdo adoptado por el Pleno de la Excelentísima
Diputación Provincial en su sesión ordinaria de fecha 26 de septiembre de 2024.
Y, de otra parte, el Sr. D. Luis Mariano Haro Lozano, Alcalde-Presidente de la Entidad Local
Menor de La Moheda de Gata, con CIF n.º P1000041B y asistido por la Secretaria municipal
Sra. Dña. María Teresa Figueroa Pérez y de conformidad con el acuerdo adoptado por el Pleno
de la Corporación en sesión ordinaria de fecha 20 de marzo de 2024.
EXPONEN:
I
Que la Entidad Local Menor, como titular de las potestades tributarias, financieras y de ejecución forzosa que entre otras, le reconoce el artículo 4.º de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases de Régimen Local, tiene atribuida la competencia para la gestión,
liquidación, recaudación e inspección de sus tributos propios, sin perjuicio de las delegaciones
que pueda otorgar a favor de las entidades locales de ámbito superior y de las fórmulas de