Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024063948)
Resolución de 28 de noviembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural y la Federación Extremeña de Caza, para realización de los trabajos de monitorización de perdiz roja y conejo de monte mediante técnicas basadas en Big Data en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 236
Miércoles 4 de diciembre de 2024
62084
• Monitorización de poblaciones de conejo en 70 cuadrículas UTM 10x10, distribuidas por
toda la geografía regional.
• Monitorización de bandos de perdiz en 70 cuadrículas UTM 10x10, distribuidas por toda
la geografía regional. (Dos muestreos anuales).
Segunda. Vigencia del convenio.
La vigencia del presente convenio se extenderá durante 36 meses desde la fecha de la firma
del último de los firmantes, salvo que las partes prorroguen la su duración a través de acuerdo
expreso y formalizado en documento escrito, que deberán adjuntar a este Convenio.
El periodo máximo de la posible prórroga del Convenio será de 8 meses y se deberá acordar
antes de la fecha en que finalice su vigencia.
Dicha prórroga se establece según el apartado h) 2º) del artículo 49 de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y su autorización estará condicionada, en
todo caso, a la existencia de crédito adecuado y suficiente para el ejercicio correspondiente.
En cualquier caso, las estipulaciones de este convenio no podrán contravenir ninguna norma
actual y, en el caso de que entrara en colisión con normativa futura, la estipulación en cuestión se adaptará a la nueva normativa.
Tercera. Compromisos de las partes.
Por un lado, la Federación Extremeña de Caza se compromete a:
1. E
l desarrollo del proyecto cuyos objetivos se describen en el Anexo I “Memoria Técnica”.
2. L
a Federación Extremeña de Caza designará a un Director del Convenio, responsable de su
seguimiento, e interlocutor con la Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural. En caso
de que se modifique ese nombramiento, se deberá comunicar por escrito a la Consejería
de Gestión Forestal y Mundo Rural la identidad del nuevo Director.
Por el otro, la Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural se compromete a:
1. C
olaborar, a requerimiento de la Federación Extremeña de Caza, en la realización y buen
fin de todas las actuaciones indicadas anteriormente, de acuerdo con la propiedad, y
favoreciendo las labores, estudio y trabajos técnicos que en ellas se puedan desarrollar.
2. D
esignar al técnico empleado público responsable del seguimiento del presente Convenio, en coordinación con la Federación Extremeña de Caza, fomentando la continuidad
Miércoles 4 de diciembre de 2024
62084
• Monitorización de poblaciones de conejo en 70 cuadrículas UTM 10x10, distribuidas por
toda la geografía regional.
• Monitorización de bandos de perdiz en 70 cuadrículas UTM 10x10, distribuidas por toda
la geografía regional. (Dos muestreos anuales).
Segunda. Vigencia del convenio.
La vigencia del presente convenio se extenderá durante 36 meses desde la fecha de la firma
del último de los firmantes, salvo que las partes prorroguen la su duración a través de acuerdo
expreso y formalizado en documento escrito, que deberán adjuntar a este Convenio.
El periodo máximo de la posible prórroga del Convenio será de 8 meses y se deberá acordar
antes de la fecha en que finalice su vigencia.
Dicha prórroga se establece según el apartado h) 2º) del artículo 49 de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y su autorización estará condicionada, en
todo caso, a la existencia de crédito adecuado y suficiente para el ejercicio correspondiente.
En cualquier caso, las estipulaciones de este convenio no podrán contravenir ninguna norma
actual y, en el caso de que entrara en colisión con normativa futura, la estipulación en cuestión se adaptará a la nueva normativa.
Tercera. Compromisos de las partes.
Por un lado, la Federación Extremeña de Caza se compromete a:
1. E
l desarrollo del proyecto cuyos objetivos se describen en el Anexo I “Memoria Técnica”.
2. L
a Federación Extremeña de Caza designará a un Director del Convenio, responsable de su
seguimiento, e interlocutor con la Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural. En caso
de que se modifique ese nombramiento, se deberá comunicar por escrito a la Consejería
de Gestión Forestal y Mundo Rural la identidad del nuevo Director.
Por el otro, la Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural se compromete a:
1. C
olaborar, a requerimiento de la Federación Extremeña de Caza, en la realización y buen
fin de todas las actuaciones indicadas anteriormente, de acuerdo con la propiedad, y
favoreciendo las labores, estudio y trabajos técnicos que en ellas se puedan desarrollar.
2. D
esignar al técnico empleado público responsable del seguimiento del presente Convenio, en coordinación con la Federación Extremeña de Caza, fomentando la continuidad