Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024063942)
Resolución de 26 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, sobre modificación del proyecto de instalación solar fotovoltaica "El Cerro" e infraestructura de evacuación, en el término municipal de Burguillos del Cerro, cuya promotora es Ralos Desarrollos Fotovoltaicos España, SL. Expte.: IA24/1443.
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NÚMERO 236
Miércoles 4 de diciembre de 2024
62146
de afección a la vegetación a la del proyecto inicial: se intenta evitar afección a arbolado
(encinas y acebuches) y sobre todo se el diámetro de este es superior a 15 cm.
Por ello, entendemos que las consideraciones del informe inicial siguen siendo válidas en
cuanto a que la ISF solo es viable asegurando la conservación de todos los pies arbóreos
de especies climácicas (encinas, acebuches) de diámetro superior a 15 cm (AP) y de
aquellos que, aun teniendo diámetro menor, se presentan en número y distribución que
le de carácter forestal (> 50 ud/ha o fcc > 5%). Consideramos que con el mantenimiento de esta cobertura vegetal se mejora y garantiza la posibilidad de reversión del uso
del terreno además de conservar los elementos de lenta creación que dan al terreno (y
ecosistema) valor ambiental, en línea con las premisas medioambientales que alientan
y promueven estas energías verdes.
La distribución de paneles propuesta respeta estos criterios, de forma que la afección
forestal se considera asumible. En todo caso, se hace constar que dada la heterogeneidad de la distribución propuesta, si el replanteo final y definitivo requiere alguna
variación, esta no deberá disminuir la vegetación o superficie a conservar. Respecto a la
línea eléctrica, igualmente se considera asumible sin poner en riesgo los valores forestales del entorno, si bien en su replanteo definitivo se minimizará y/o evitará la afección
a la vegetación, evitando su eliminación siempre que se pueda optar por otra solución
(pequeña variación del trazado o poda razonable del ejemplar).
A partir de estos datos, la ejecución de la modificación de la planta e infraestructura de
evacuación se informa favorablemente, siempre que se cumplan las medidas siguientes:
• Antes de iniciar los trabajos se contactará con los Agentes de la UTV 6.
• La vegetación respetada en la zona de paneles (encinas y acebuches), mantendrá
un radio alrededor de ella que evite interferencias futuras. Además, no se realizarán
movimientos de suelo ni operaciones bajo copa (zanjas profundas...) que pongan en
riesgo su supervivencia.
• El replanteo definitivo de las conducciones subterráneas, siempre que haya afección a
vegetación arbórea, se realizará en presencia del Agente del Medio Natural. Si se requiere eliminar algún pie, el señalamiento se hará en presencia del agente del medio
natural, firmándose un acta de control en el que figure n.º pies, ubicación, especie y
diámetro.
• La poda y apostado se realizarán siguiendo las normas técnicas recogidas en el anexo
del Decreto 134/2019 (DOE 10-09-2019). Se planificará su ejecución en el periodo de
parada vegetativa (1 de noviembre a último día de febrero).
Miércoles 4 de diciembre de 2024
62146
de afección a la vegetación a la del proyecto inicial: se intenta evitar afección a arbolado
(encinas y acebuches) y sobre todo se el diámetro de este es superior a 15 cm.
Por ello, entendemos que las consideraciones del informe inicial siguen siendo válidas en
cuanto a que la ISF solo es viable asegurando la conservación de todos los pies arbóreos
de especies climácicas (encinas, acebuches) de diámetro superior a 15 cm (AP) y de
aquellos que, aun teniendo diámetro menor, se presentan en número y distribución que
le de carácter forestal (> 50 ud/ha o fcc > 5%). Consideramos que con el mantenimiento de esta cobertura vegetal se mejora y garantiza la posibilidad de reversión del uso
del terreno además de conservar los elementos de lenta creación que dan al terreno (y
ecosistema) valor ambiental, en línea con las premisas medioambientales que alientan
y promueven estas energías verdes.
La distribución de paneles propuesta respeta estos criterios, de forma que la afección
forestal se considera asumible. En todo caso, se hace constar que dada la heterogeneidad de la distribución propuesta, si el replanteo final y definitivo requiere alguna
variación, esta no deberá disminuir la vegetación o superficie a conservar. Respecto a la
línea eléctrica, igualmente se considera asumible sin poner en riesgo los valores forestales del entorno, si bien en su replanteo definitivo se minimizará y/o evitará la afección
a la vegetación, evitando su eliminación siempre que se pueda optar por otra solución
(pequeña variación del trazado o poda razonable del ejemplar).
A partir de estos datos, la ejecución de la modificación de la planta e infraestructura de
evacuación se informa favorablemente, siempre que se cumplan las medidas siguientes:
• Antes de iniciar los trabajos se contactará con los Agentes de la UTV 6.
• La vegetación respetada en la zona de paneles (encinas y acebuches), mantendrá
un radio alrededor de ella que evite interferencias futuras. Además, no se realizarán
movimientos de suelo ni operaciones bajo copa (zanjas profundas...) que pongan en
riesgo su supervivencia.
• El replanteo definitivo de las conducciones subterráneas, siempre que haya afección a
vegetación arbórea, se realizará en presencia del Agente del Medio Natural. Si se requiere eliminar algún pie, el señalamiento se hará en presencia del agente del medio
natural, firmándose un acta de control en el que figure n.º pies, ubicación, especie y
diámetro.
• La poda y apostado se realizarán siguiendo las normas técnicas recogidas en el anexo
del Decreto 134/2019 (DOE 10-09-2019). Se planificará su ejecución en el periodo de
parada vegetativa (1 de noviembre a último día de febrero).