Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Actividad Empresarial. Ayudas. (2024040257)
Modificación del Extracto y Anuncio del reajuste de anualidades del crédito de la convocatoria del programa de ayudas para la realización de inversiones en modernización por parte de personas trabajadoras autónomas y micropymes de Extremadura correspondiente al ejercicio 2024, aprobada mediante Decreto 79/2024, de 23 de julio.
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NÚMERO 236
Miércoles 4 de diciembre de 2024
I
62040
DISPOSICIONES GENERALES
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL
MODIFICACIÓN del Extracto y Anuncio del reajuste de anualidades del
crédito de la convocatoria del programa de ayudas para la realización de
inversiones en modernización por parte de personas trabajadoras autónomas
y micropymes de Extremadura correspondiente al ejercicio 2024, aprobada
mediante Decreto 79/2024, de 23 de julio. (2024040257)
BDNS(Identif.): 780941
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, se publicó en el Diario Oficial de Extremadura número
163 de fecha 22 de agosto de 2024, Extracto del Decreto 79/2024, de 23 de julio por el que
se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la realización de inversiones en modernización por parte de personas trabajadoras autónomas y micropymes de Extremadura,
y se aprueba la primera convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de
Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es ) con la identificación
BDNS 780941.
El artículo 29.3 de la Ley 6/2011 de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, establece que en las convocatorias se determinarán las aplicaciones,
proyectos presupuestarios y las cuantías estimadas previstas inicialmente para el periodo de
vigencia de la convocatoria.
El artículo 39.4 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura indica el procedimiento que debe seguirse en la tramitación presupuestaria para las variaciones que puedan producirse respecto a los proyectos de gastos o
aplicaciones presupuestarias, o cuantías inicialmente en las convocatorias abiertas por concesión directa. Dicho procedimiento consiste, esencialmente en la modificación del expediente
de gasto, previo informe de la Intervención General, y la publicación en el Diario Oficial de
Extremadura y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de un anuncio del órgano competente para la aprobación de la convocatoria en el que se recojan, de acuerdo con
la modificación producida, como quedarían los créditos totales de la convocatoria distribuidos
por proyectos y aplicaciones presupuestarias.
De acuerdo con la disposición adicional única del Decreto 79/2024, de 23 de julio, (DOE n.º
163, de 22 de agosto de 2024), por el que se establecen las bases reguladoras de las ayu-
Miércoles 4 de diciembre de 2024
I
62040
DISPOSICIONES GENERALES
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL
MODIFICACIÓN del Extracto y Anuncio del reajuste de anualidades del
crédito de la convocatoria del programa de ayudas para la realización de
inversiones en modernización por parte de personas trabajadoras autónomas
y micropymes de Extremadura correspondiente al ejercicio 2024, aprobada
mediante Decreto 79/2024, de 23 de julio. (2024040257)
BDNS(Identif.): 780941
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, se publicó en el Diario Oficial de Extremadura número
163 de fecha 22 de agosto de 2024, Extracto del Decreto 79/2024, de 23 de julio por el que
se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la realización de inversiones en modernización por parte de personas trabajadoras autónomas y micropymes de Extremadura,
y se aprueba la primera convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de
Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es ) con la identificación
BDNS 780941.
El artículo 29.3 de la Ley 6/2011 de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, establece que en las convocatorias se determinarán las aplicaciones,
proyectos presupuestarios y las cuantías estimadas previstas inicialmente para el periodo de
vigencia de la convocatoria.
El artículo 39.4 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura indica el procedimiento que debe seguirse en la tramitación presupuestaria para las variaciones que puedan producirse respecto a los proyectos de gastos o
aplicaciones presupuestarias, o cuantías inicialmente en las convocatorias abiertas por concesión directa. Dicho procedimiento consiste, esencialmente en la modificación del expediente
de gasto, previo informe de la Intervención General, y la publicación en el Diario Oficial de
Extremadura y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de un anuncio del órgano competente para la aprobación de la convocatoria en el que se recojan, de acuerdo con
la modificación producida, como quedarían los créditos totales de la convocatoria distribuidos
por proyectos y aplicaciones presupuestarias.
De acuerdo con la disposición adicional única del Decreto 79/2024, de 23 de julio, (DOE n.º
163, de 22 de agosto de 2024), por el que se establecen las bases reguladoras de las ayu-