Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024063932)
Resolución de 19 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Construcción de un sondeo para el aprovechamiento de aguas subterráneas", en el término municipal de Montehermoso (Cáceres). Expte.: IA24/0508.
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NÚMERO 235
Martes 3 de diciembre de 2024
61909
• Se ha de evitar, mediante el empleo de señales y barreras, que se acceda a ellos y
que se pueda producir un accidente, tanto de los propios usuarios como de cualquier
persona ajena.
• Pudiera darse el caso de que, en su propiedad, observase la existencia de una captación de aguas (con infraestructura asociada o sin ella) que se encuentra carente
de medidas de seguridad visibles o que esté abandonada. En consecuencia, deberá
ejecutar inmediatamente medidas que garanticen la seguridad y eviten la ocurrencia
de accidentes, así como ejecutar su clausura.
• Los sondeos y las obras relacionadas (éstas últimas si existiesen, como, por ejemplo,
balsas para recoger el material que se extrae con el sondeo, etc.) deberán ser ejecutados garantizando la no contaminación de las aguas superficiales o subterráneas.
Para ello, se deberán tomar las medidas pertinentes además de seguir las indicaciones del presente informe.
• Los lodos de perforación serán a base de agua y aditivos permitidos.
• Las balsas (si existiesen) deberán estar impermeabilizadas (por ejemplo, mediante
la utilización de lámina de plástico), además de adoptarse en ellas medidas de seguridad para evitar la ocurrencia de accidentes (caídas, etc.). Una vez finalizados los
trabajos, deberán ser tapadas hasta adoptar la topografía original”.
— El Servicio de Regadíos de la Dirección General de Infraestructuras Rurales, Patrimonio
y Tauromaquia, el 17 de septiembre de 2024 informa que no compete pronunciamiento
alguno.
3. A
nálisis de expediente.
Una vez analizada la documentación que obra en el expediente, y considerando las respuestas recibidas a las consultas practicadas, se realiza el siguiente análisis para determinar la
necesidad de sometimiento del proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria previsto en la subsección 1.ª de la sección 2ª del capítulo VII del título I,
según los criterios del anexo X, de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental
de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
3.1. Características del proyecto.
El objeto del proyecto es la captación de agua subterránea para uso doméstico localizada
en la calle Camilo José Cela, 10 (urbana - 6010014QE2461S), del término municipal del
Montehermoso (Cáceres), promovida por M.ª Ángeles Clemente Gutiérrez. El volumen total necesario es de 337 m3/año, con un caudal de 0,20 l/s.
Martes 3 de diciembre de 2024
61909
• Se ha de evitar, mediante el empleo de señales y barreras, que se acceda a ellos y
que se pueda producir un accidente, tanto de los propios usuarios como de cualquier
persona ajena.
• Pudiera darse el caso de que, en su propiedad, observase la existencia de una captación de aguas (con infraestructura asociada o sin ella) que se encuentra carente
de medidas de seguridad visibles o que esté abandonada. En consecuencia, deberá
ejecutar inmediatamente medidas que garanticen la seguridad y eviten la ocurrencia
de accidentes, así como ejecutar su clausura.
• Los sondeos y las obras relacionadas (éstas últimas si existiesen, como, por ejemplo,
balsas para recoger el material que se extrae con el sondeo, etc.) deberán ser ejecutados garantizando la no contaminación de las aguas superficiales o subterráneas.
Para ello, se deberán tomar las medidas pertinentes además de seguir las indicaciones del presente informe.
• Los lodos de perforación serán a base de agua y aditivos permitidos.
• Las balsas (si existiesen) deberán estar impermeabilizadas (por ejemplo, mediante
la utilización de lámina de plástico), además de adoptarse en ellas medidas de seguridad para evitar la ocurrencia de accidentes (caídas, etc.). Una vez finalizados los
trabajos, deberán ser tapadas hasta adoptar la topografía original”.
— El Servicio de Regadíos de la Dirección General de Infraestructuras Rurales, Patrimonio
y Tauromaquia, el 17 de septiembre de 2024 informa que no compete pronunciamiento
alguno.
3. A
nálisis de expediente.
Una vez analizada la documentación que obra en el expediente, y considerando las respuestas recibidas a las consultas practicadas, se realiza el siguiente análisis para determinar la
necesidad de sometimiento del proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria previsto en la subsección 1.ª de la sección 2ª del capítulo VII del título I,
según los criterios del anexo X, de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental
de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
3.1. Características del proyecto.
El objeto del proyecto es la captación de agua subterránea para uso doméstico localizada
en la calle Camilo José Cela, 10 (urbana - 6010014QE2461S), del término municipal del
Montehermoso (Cáceres), promovida por M.ª Ángeles Clemente Gutiérrez. El volumen total necesario es de 337 m3/año, con un caudal de 0,20 l/s.