Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Transformación Digital. Ayudas. (2024040258)
Extracto del Decreto 145/2024, de 19 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la aceleración de ecosistemas de emprendimiento e innovación basados en gemelos digitales en el ámbito del Programa "Redes Territoriales de Especialización Tecnológica (RETECH)" en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y se aprueba la única convocatoria.
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NÚMERO 235
61889
Martes 3 de diciembre de 2024
Sexto. Otros datos.
Pago de la ayuda.
Se prevé un primer pago anticipado del 50% de la subvención concedida, una vez dictada y
notificada la resolución de concesión y el 50% restante, una vez justificadas las actuaciones.
Plazo de ejecución y justificación de las inversiones.
La ejecución de los servicios podrá iniciarse a partir del día siguiente al de la publicación de
la convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura, junto con su extracto. La fecha de finalización del plazo para la ejecución de los servicios subvencionados será como máximo de 8
meses a contar desde la notificación de la resolución de concesión y en todo caso, antes del
1 de noviembre de 2025.
El plazo para la presentación de la justificación de la ejecución y pago será de un mes desde
la finalización del plazo de ejecución de las actuaciones subvencionadas.
Mérida, 22 de noviembre de 2024.
El Secretario General,
JUAN ANDRÉS MORENO MARTÍN
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Martes 3 de diciembre de 2024
Sexto. Otros datos.
Pago de la ayuda.
Se prevé un primer pago anticipado del 50% de la subvención concedida, una vez dictada y
notificada la resolución de concesión y el 50% restante, una vez justificadas las actuaciones.
Plazo de ejecución y justificación de las inversiones.
La ejecución de los servicios podrá iniciarse a partir del día siguiente al de la publicación de
la convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura, junto con su extracto. La fecha de finalización del plazo para la ejecución de los servicios subvencionados será como máximo de 8
meses a contar desde la notificación de la resolución de concesión y en todo caso, antes del
1 de noviembre de 2025.
El plazo para la presentación de la justificación de la ejecución y pago será de un mes desde
la finalización del plazo de ejecución de las actuaciones subvencionadas.
Mérida, 22 de noviembre de 2024.
El Secretario General,
JUAN ANDRÉS MORENO MARTÍN
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