Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Transformación Digital. Ayudas. (2024040252)
Decreto 145/2024, de 19 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas a la aceleración de ecosistemas de emprendimiento e innovación basados en gemelos digitales en el ámbito del Programa "Redes Territoriales de Especialización Tecnológica (RETECH)" en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y se aprueba la única convocatoria.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 235
Martes 3 de diciembre de 2024
61872
Acreditación por una Auditora Externa de que la entidad beneficiaria de la subvención con la ejecución
de las actuaciones subvencionable ha contribuido a la reducción de las emisiones de gases efecto
invernadero o de eficiencia energética.
C.- DENEGACIONES PARA RECABAR DETERMINADOS DATOS DE OFICIO
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, las
administraciones públicas podrán recabar o verificar los datos que a continuación se relacionan. Si
manifiesta su oposición a que la Dirección General de Digitalización Regional efectúe dicha
comprobación, deberá indicarlo marcando la casilla correspondiente y aportando en cada caso el
documento solicitado.
AUTORIZO al órgano gestor o a cualquier autoridad yorganismo nacional que gestiones,
verifique, pague o audite Fondos Europeos, a que pueda consultar de oficio dicha información en
el Registro Central de Titularidades Reales o en los distintos registros con competencia en materia
de recogida de datos titulares reales o bases de datos disponibles.
NO AUTORIZO al órgano gestor o a cualquier autoridad y organismo nacional que gestiones,
verifique, pague o audite Fondos Europeos, a que pueda consultar de oficio dicha información en
el Registro Central de Titularidades Reales o en los distintos registros con competencia en materia
de recogida de datos titulares reales o bases de datos disponibles. Por lo que APORTO certificado
de Titularidad Real expedido por Notario.
D.- COMPROBACIONES DE LA ADMINISTRACIÓN DE DATOS TRIBUTARIOS
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 95.1 K) de la Ley 58/2003, General Tributaria, las
Administraciones públicas podrán recabar o verificar los datos que a continuación se
relacionan, previa autorización expresa del interesado. Para ello, deberá indicar el sentido
de su consentimiento marcando la casilla correspondiente:
AUTORIZO a la consulta de oficio por parte de la Dirección General de Digitalización Regional
de estar al corriente de las obligaciones fiscales con la Hacienda del Estado.
NO AUTORIZO a la consulta de oficio por parte de Dirección General de Digitalización
Regional de estar al corriente de las obligaciones fiscales con la Hacienda del Estado. Por lo que
se aporta certificado expedido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
De conformidad con el artículo 33 punto 2, de la Ley 5/2022, de 25 de noviembre, de medidas de
mejora de los procesos de respuesta administrativa a la ciudadanía y para la prestación útil de los
servicios públicos, que modifica el artículo 12.8 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la justificación de estar al corriente
con la Seguridad Social y no tener deudas con la Hacienda Autonómica será consultada o
recabada de oficio por la Administración, siempre que conste en el procedimiento el
consentimiento expreso del interesado. Para ello, deberá indicar el sentido de su consentimiento
marcando la casilla correspondiente:
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU
Martes 3 de diciembre de 2024
61872
Acreditación por una Auditora Externa de que la entidad beneficiaria de la subvención con la ejecución
de las actuaciones subvencionable ha contribuido a la reducción de las emisiones de gases efecto
invernadero o de eficiencia energética.
C.- DENEGACIONES PARA RECABAR DETERMINADOS DATOS DE OFICIO
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, las
administraciones públicas podrán recabar o verificar los datos que a continuación se relacionan. Si
manifiesta su oposición a que la Dirección General de Digitalización Regional efectúe dicha
comprobación, deberá indicarlo marcando la casilla correspondiente y aportando en cada caso el
documento solicitado.
AUTORIZO al órgano gestor o a cualquier autoridad yorganismo nacional que gestiones,
verifique, pague o audite Fondos Europeos, a que pueda consultar de oficio dicha información en
el Registro Central de Titularidades Reales o en los distintos registros con competencia en materia
de recogida de datos titulares reales o bases de datos disponibles.
NO AUTORIZO al órgano gestor o a cualquier autoridad y organismo nacional que gestiones,
verifique, pague o audite Fondos Europeos, a que pueda consultar de oficio dicha información en
el Registro Central de Titularidades Reales o en los distintos registros con competencia en materia
de recogida de datos titulares reales o bases de datos disponibles. Por lo que APORTO certificado
de Titularidad Real expedido por Notario.
D.- COMPROBACIONES DE LA ADMINISTRACIÓN DE DATOS TRIBUTARIOS
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 95.1 K) de la Ley 58/2003, General Tributaria, las
Administraciones públicas podrán recabar o verificar los datos que a continuación se
relacionan, previa autorización expresa del interesado. Para ello, deberá indicar el sentido
de su consentimiento marcando la casilla correspondiente:
AUTORIZO a la consulta de oficio por parte de la Dirección General de Digitalización Regional
de estar al corriente de las obligaciones fiscales con la Hacienda del Estado.
NO AUTORIZO a la consulta de oficio por parte de Dirección General de Digitalización
Regional de estar al corriente de las obligaciones fiscales con la Hacienda del Estado. Por lo que
se aporta certificado expedido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
De conformidad con el artículo 33 punto 2, de la Ley 5/2022, de 25 de noviembre, de medidas de
mejora de los procesos de respuesta administrativa a la ciudadanía y para la prestación útil de los
servicios públicos, que modifica el artículo 12.8 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la justificación de estar al corriente
con la Seguridad Social y no tener deudas con la Hacienda Autonómica será consultada o
recabada de oficio por la Administración, siempre que conste en el procedimiento el
consentimiento expreso del interesado. Para ello, deberá indicar el sentido de su consentimiento
marcando la casilla correspondiente:
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU