Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024063921)
Resolución de 19 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga la autorización ambiental unificada del proyecto de valorización de residuos no peligrosos, promovido por Ecoplaex Recycling, SL, en el término municipal de Villanueva de la Serena.
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NÚMERO 234

61671

Lunes 2 de diciembre de 2024

FOCO SONORO

NIVEL DE EMISIÓN, DB(A)

Extrusora

64 dB(A)

Compactadora

63,5 dBA(A)

Prensa

64 dB(A)

2. N
 o se permitirá el funcionamiento de ninguna fuente sonora cuyo nivel de recepción externo sobrepase los valores establecidos en el Decreto 19/1997, de 4 de febrero, de Reglamentación de Ruidos y Vibraciones.
3. L
 a actividad desarrollada no superará los objetivos de calidad acústica ni los niveles de
ruido establecidos como valores límite en el Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre,
por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, en lo referente a
zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas.
- e - Medidas de prevención y reducción de la contaminación lumínica.
Según la información aportada en el proyecto básico y sus anexos no cuenta con ningún tipo
de alumbrado exterior.
- f - Plan de ejecución
1. E
 n el caso de que el proyecto o actividad no comenzara a ejecutarse o desarrollarse en el
plazo de 5 años, a partir de la fecha de otorgamiento de la AAU, la DGS previa audiencia
del titular, acordará la caducidad de la AAU, conforme a lo establecido en el artículo 23 de
la Ley 16/2015, de 23 de abril.
2. D
 entro del plazo establecido en el apartado anterior, y con el objeto de comprobar el cumplimiento del condicionado fijado en la AAU, el titular de la instalación deberá presentar a
la Dirección General de Sostenibilidad solicitud de conformidad con el inicio de la actividad
y memoria, suscrita por técnico competente, según establece el artículo 34 del Decreto
81/2011, de 20 de mayo.
En particular y sin perjuicio de lo que se considere necesario, la memoria referida en el
apartado h.2 deberá acompañarse de:


a) Un certificado suscrito por técnico competente, que acredite que las instalaciones
se ajustan al proyecto aprobado y que se ha cumplido el condicionado fijado en la
autorización ambiental en la ejecución de las obras e instalaciones.



b) Acreditación de la constitución del seguro de responsabilidad civil y de la fianza.