Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024063921)
Resolución de 19 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga la autorización ambiental unificada del proyecto de valorización de residuos no peligrosos, promovido por Ecoplaex Recycling, SL, en el término municipal de Villanueva de la Serena.
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NÚMERO 234
Lunes 2 de diciembre de 2024

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de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular. El tiempo
máximo para el almacenamiento de residuos peligrosos no podrá exceder de seis meses.
13. D
 eberá habilitarse las correspondientes áreas de almacenamiento de los residuos en
función de su tipología, clasificación y compatibilidad. Deberán ser áreas cubiertas y de
solera impermeable, que conducirá posibles derrames a arquetas de recogida estanca o
medidas de eficacia similar; su diseño y construcción deberá cumplir cuanta prescripción
técnica y condición de seguridad establezca la normativa vigente en la materia.
14. E
 l titular de la instalación deberá mantener constituida una fianza por valor de 10.000 €
(diez mil euros) según lo establecido en el Real Decreto 208/2022, de 22 de marzo, sobre
las garantías financieras en materia de residuos.
La fianza podrá constituirse de cualquiera de las formas previstas en el artículo 4 del Real
Decreto 208/2022, de 22 de marzo, y el artículo 8 de la Orden de 1 de julio de 1994, por
el que se desarrolla el Decreto 25/1994, de 22 de febrero, por el que se regula el Régimen
de Tesorería y Pagos de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
El concepto de la fianza será: “Para responder de las obligaciones que, frente a la administración, se deriven del ejercicio de la actividad de gestión de residuos, incluida la ejecución
subsidiaria y la imposición de las sanciones previstas legalmente”.
La fianza será devuelta, previa solicitud por el interesado, a la finalización de la actividad,
siempre y cuando se hayan cumplido las condiciones de cese de actividad establecidas en
la autorización ambiental unificada (AAU) y no se deba proceder a la reparación de daños
ambientales consecuencia de la actividad.
15. D
 ebido al tratamiento y a la producción de residuos peligrosos de la actividad, el titular
de la instalación industrial deberá mantener constituido un seguro de responsabilidad civil
por daños a terceros o garantía financiera equivalente para hacer frente a las responsabilidades por daños a las personas o las cosas según lo establecido en el artículo 8 del Real
Decreto 208/2022, de 22 de marzo, sobre las garantías financieras en materia de residuos
con una cuantía de 450.000 € ( cuatrocientos cincuenta mil euros).
- b - Medidas de protección y control de la contaminación atmosférica
1. L
 a planta no contiene focos de emisión de contaminantes a la atmósfera confinados, siendo
todos focos autorizados difusos. Estos focos se detallan en la siguiente tabla: