Servicio Extremeño Público De Empleo. Fomento Del Empleo. Ayudas. (2024063840)
Resolución de 15 de noviembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para el fomento del empleo de personas con discapacidad en el mercado protegido de trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el ejercicio 2025.
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NÚMERO 234
Lunes 2 de diciembre de 2024

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j. En los supuestos de suspensión de la relación laboral objeto de subvención, por alguna
de las causas reguladas en la legislación vigente, deberá aportar la documentación justificativa de dicha circunstancia, en formato electrónico (pdf).
k. En el caso de que durante el mes objeto de solicitud, se produjeran variaciones de situación o bajas definitivas en la relación contractual, Informe expedido por la Tesorería
General de la Seguridad Social, relativo a la vida laboral de cada persona trabajadora
por el que se solicita la subvención o autorización expresa al órgano instructor en el
anexo de autorización para el acceso a datos personales para que recabe de oficio esos
datos, en formato electrónico (pdf).
3. Para la subvención correspondiente a las pagas extraordinarias correspondiente a los meses de junio y diciembre deberán acompañar la siguiente documentación:
a. Relación de la totalidad de la plantilla de las personas trabajadoras del centro especial
de empleo ordenada alfabéticamente con indicación de aquellas personas por las que
se solicita subvención salarial según modelo “Anexo de relación nominal de la plantilla
del centro especial de empleo”, firmado por la persona que ostente la representación
legal del mismo, que estará disponible en el punto de acceso general electrónico de los
servicios y trámites https://www.juntaex.es dentro del correspondiente trámite.
b. Nóminas correspondientes al mes solicitado, debidamente firmadas por el centro especial de empleo, en formato electrónico (pdf).
c. Justificantes bancarios del abono de las nóminas, por la entidad, a la persona trabajadora objeto de subvención, en formato electrónico (pdf). En el justificante deberán constar, según la modalidad de abono, los siguientes datos: el titular de la cuenta, número
de cuenta de origen y destino, importe, fecha de pago, beneficiario/a de la operación y
concepto. No se admitirán, en ningún caso, pagos en metálico.
S
 i el justificante bancario está emitido a través de Internet, deberá de constar, al igual
que en el recibo bancario, los siguientes datos: el titular de la cuenta, número de cuenta
de origen y destino, importe, fecha de pago, beneficiario/a de la operación y concepto.
L
 os justificantes bancarios de pago deben coincidir exactamente con el importe de la
nómina. En el caso de que el importe reflejado en el documento bancario no coincida
con el importe del documento de gasto, por existir varios pagos agrupados, se deberá
aportar un desglose de los pagos efectuados donde pueda identificarse el documento de
gasto encuestión.
d. Documentos de cotización a la Seguridad Social en el código de cuenta cotización (relación nominal de personas trabajadoras), establecidos en la Ley 34/2014, de 26 de