Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Acción Cinegética. Ayudas. (2024063801)
Resolución de 13 de noviembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se efectúa la convocatoria de ayudas a la gestión de subproductos animales no destinados al consumo humano (SANDACH), vinculadas a las acciones cinegéticas de caza mayor colectiva llevadas a cabo en cotos cuyo titular sea una Sociedad Local de Cazadores y Cazadoras en la Comunidad Autónoma de Extremadura, correspondientes al ejercicio 2025.
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NÚMERO 234
Lunes 2 de diciembre de 2024
61644
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO SOSTENIBLE
RESOLUCIÓN de 13 de noviembre de 2024, de la Secretaría General, por
la que se efectúa la convocatoria de ayudas a la gestión de subproductos
animales no destinados al consumo humano (SANDACH), vinculadas a las
acciones cinegéticas de caza mayor colectiva llevadas a cabo en cotos cuyo
titular sea una Sociedad Local de Cazadores y Cazadoras en la Comunidad
Autónoma de Extremadura, correspondientes al ejercicio 2025. (2024063801)
Mediante Orden de 1 de agosto de 2022, (DOE n.º 152, de 8 de agosto), se establecen las
bases reguladoras de las ayudas a la gestión de subproductos animales no destinados al
consumo humano (SANDACH), vinculadas a las acciones cinegéticas de caza mayor colectiva
llevadas a cabo en cotos cuyo titular sea una Sociedad Local de Cazadores y Cazadoras en la
Comunidad Autónoma de Extremadura y señala en su artículo 9.3 que el procedimiento para
la concesión de estas ayudas se iniciará de oficio mediante Resolución de la persona titular
de la Secretaría General de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible.
Estas ayudas serán financiadas con fondos propios de la Comunidad de Extremadura y esta
rán subordinadas al cumplimiento de lo establecido en el Reglamento (UE) n.º 1408/2013, de
la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108
del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de mínimis, (DOUE, Serie L
352, de 24 de diciembre), modificado por el Reglamento UE 2019/316 de la Comisión de 21
de febrero de 2019 (DOUE, L51/1 de 22 de febrero de 2019).
El artículo 44.4 de la Ley 14/2010, de 9 de diciembre, de caza de Extremadura, en su mo
dificación aprobada por la Ley 5/2022, de 25 de noviembre, de medidas de mejora de los
procesos de respuesta administrativa a la ciudadanía y para la prestación útil de los servicios
públicos, establece que “los periodos y días hábiles de caza para las distintas especies y mo
dalidades, así como las especies cazables para cada temporada se establecerán, oído el Con
sejo Extremeño de Caza, mediante resolución motivada de la persona titular de la Dirección
General competente en materia de caza que será objeto de publicación en el Diario Oficial de
Extremadura y que podrá ser objeto de modificación en caso de circunstancias sobrevenidas”.
Por Orden de 22 de julio de 2024 se aprueba la Orden General de Vedas de Caza de la Comu
nidad Autónoma de Extremadura y por la que se modifica la Orden de 29 de mayo de 2013
por la que se aprueban los modelos oficiales de planes técnicos de caza.
Por Resolución de 20 de marzo de 2024, de la Dirección General de Gestión Forestal, Caza y
Pesca, que establece los periodos y días hábiles de caza para la temporada 2024-2025. (DOE
n.º 60, de 26 de marzo), se aprueba el periodo hábil para la caza mayor, para las modalidades
Lunes 2 de diciembre de 2024
61644
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO SOSTENIBLE
RESOLUCIÓN de 13 de noviembre de 2024, de la Secretaría General, por
la que se efectúa la convocatoria de ayudas a la gestión de subproductos
animales no destinados al consumo humano (SANDACH), vinculadas a las
acciones cinegéticas de caza mayor colectiva llevadas a cabo en cotos cuyo
titular sea una Sociedad Local de Cazadores y Cazadoras en la Comunidad
Autónoma de Extremadura, correspondientes al ejercicio 2025. (2024063801)
Mediante Orden de 1 de agosto de 2022, (DOE n.º 152, de 8 de agosto), se establecen las
bases reguladoras de las ayudas a la gestión de subproductos animales no destinados al
consumo humano (SANDACH), vinculadas a las acciones cinegéticas de caza mayor colectiva
llevadas a cabo en cotos cuyo titular sea una Sociedad Local de Cazadores y Cazadoras en la
Comunidad Autónoma de Extremadura y señala en su artículo 9.3 que el procedimiento para
la concesión de estas ayudas se iniciará de oficio mediante Resolución de la persona titular
de la Secretaría General de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible.
Estas ayudas serán financiadas con fondos propios de la Comunidad de Extremadura y esta
rán subordinadas al cumplimiento de lo establecido en el Reglamento (UE) n.º 1408/2013, de
la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108
del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de mínimis, (DOUE, Serie L
352, de 24 de diciembre), modificado por el Reglamento UE 2019/316 de la Comisión de 21
de febrero de 2019 (DOUE, L51/1 de 22 de febrero de 2019).
El artículo 44.4 de la Ley 14/2010, de 9 de diciembre, de caza de Extremadura, en su mo
dificación aprobada por la Ley 5/2022, de 25 de noviembre, de medidas de mejora de los
procesos de respuesta administrativa a la ciudadanía y para la prestación útil de los servicios
públicos, establece que “los periodos y días hábiles de caza para las distintas especies y mo
dalidades, así como las especies cazables para cada temporada se establecerán, oído el Con
sejo Extremeño de Caza, mediante resolución motivada de la persona titular de la Dirección
General competente en materia de caza que será objeto de publicación en el Diario Oficial de
Extremadura y que podrá ser objeto de modificación en caso de circunstancias sobrevenidas”.
Por Orden de 22 de julio de 2024 se aprueba la Orden General de Vedas de Caza de la Comu
nidad Autónoma de Extremadura y por la que se modifica la Orden de 29 de mayo de 2013
por la que se aprueban los modelos oficiales de planes técnicos de caza.
Por Resolución de 20 de marzo de 2024, de la Dirección General de Gestión Forestal, Caza y
Pesca, que establece los periodos y días hábiles de caza para la temporada 2024-2025. (DOE
n.º 60, de 26 de marzo), se aprueba el periodo hábil para la caza mayor, para las modalidades