Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Investigación. Ayudas. (2024040256)
Decreto 147/2024, de 26 de noviembre, por el que se modifica el Decreto 50/2024, de 4 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la contratación de Personal Investigador Doctor en el Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 234
61632
Lunes 2 de diciembre de 2024
El Decreto 50/2024, de 4 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la contratación de Personal Investigador Doctor en el Sistema Extremeño de Ciencia,
Tecnología e Innovación, queda modificado en los siguientes términos:
Uno. Se modifica el párrafo 15 de la exposición de motivos, que queda redactado como
sigue:
"Asimismo, a elección de la comisión de valoración, las solicitudes presentadas serán
evaluadas por comisiones técnicas de personas expertas del área temática en las que
se enmarquen las solicitudes, por agencias evaluadoras o bien por cualquier otra entidad de naturaleza público o privada que disponga de las capacitaciones profesionales
necesarias para realizar la tarea de evaluación”.
Dos. Se modifica el apartado 1 del artículo 11, que queda redactado como sigue:
"1. La selección del personal investigador se realizará en base al código de buenas
prácticas internacionalmente admitidas. La comisión de valoración solicitará cuantos informes confidenciales considere necesarios para la correcta valoración de las
personas candidatas. La comisión de valoración podrá solicitar los informes necesarios para la evaluación de las solicitudes, que serán emitidos por personas expertas
del área temática en las que se enmarquen, por agencias evaluadoras o bien por
cualquier otra entidad de naturaleza público o privada que disponga de las capacitaciones profesionales necesarias para realizar la tarea de evaluación”.
Disposición transitoria única. Régimen transitorio.
Las modificaciones establecidas en el presente decreto serán también de aplicación a las solicitudes presentadas al amparo de la primera convocatoria de estas ayudas.
Disposición final única. Entrada en vigor.
El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial
de Extremadura.
Mérida, 26 de noviembre de 2024.
La Consejera de Educación, Ciencia
y Formación Profesional,
La Presidenta de la Junta
de Extremadura,
MARÍA MERCEDES VAQUERA MOSQUERO
MARÍA GUARDIOLA MARTÍN
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61632
Lunes 2 de diciembre de 2024
El Decreto 50/2024, de 4 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la contratación de Personal Investigador Doctor en el Sistema Extremeño de Ciencia,
Tecnología e Innovación, queda modificado en los siguientes términos:
Uno. Se modifica el párrafo 15 de la exposición de motivos, que queda redactado como
sigue:
"Asimismo, a elección de la comisión de valoración, las solicitudes presentadas serán
evaluadas por comisiones técnicas de personas expertas del área temática en las que
se enmarquen las solicitudes, por agencias evaluadoras o bien por cualquier otra entidad de naturaleza público o privada que disponga de las capacitaciones profesionales
necesarias para realizar la tarea de evaluación”.
Dos. Se modifica el apartado 1 del artículo 11, que queda redactado como sigue:
"1. La selección del personal investigador se realizará en base al código de buenas
prácticas internacionalmente admitidas. La comisión de valoración solicitará cuantos informes confidenciales considere necesarios para la correcta valoración de las
personas candidatas. La comisión de valoración podrá solicitar los informes necesarios para la evaluación de las solicitudes, que serán emitidos por personas expertas
del área temática en las que se enmarquen, por agencias evaluadoras o bien por
cualquier otra entidad de naturaleza público o privada que disponga de las capacitaciones profesionales necesarias para realizar la tarea de evaluación”.
Disposición transitoria única. Régimen transitorio.
Las modificaciones establecidas en el presente decreto serán también de aplicación a las solicitudes presentadas al amparo de la primera convocatoria de estas ayudas.
Disposición final única. Entrada en vigor.
El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial
de Extremadura.
Mérida, 26 de noviembre de 2024.
La Consejera de Educación, Ciencia
y Formación Profesional,
La Presidenta de la Junta
de Extremadura,
MARÍA MERCEDES VAQUERA MOSQUERO
MARÍA GUARDIOLA MARTÍN
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