Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024063905)
Resolución de 19 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para el proyecto de explotación porcina, cuyo titular es Felipe Ruiz Gallardo, en el término municipal de Campanario.
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NÚMERO 233
Viernes 29 de noviembre de 2024
61557
• El estiércol deberá mezclarse con paja u otras sustancias que absorban la humedad.
— Almacenamiento del purín para fosas existentes.
• Las fosas deberán vaciarse al menos una vez al mes.
• Si la fosa no está cubierta deberá propiciarse la creación de costra natural y añadir
paja a la superficie para reducir las emisiones.
• Se limitará al máximo la agitación del purín.
• Además, deberán adoptar, al menos, una de las siguientes técnicas en su explotación
para las fosas existentes:
a) Vaciado de las fosas de estiércoles de los alojamientos al menos dos veces a la
semana, con el objeto de reducir al menos un 30% las emisiones de gases contaminantes, respecto de la técnica de referencia.
b) Cubrir las balsas de estiércoles, en las zonas en que no se forme de manera espontánea costra que cubra totalmente la superficie, con técnicas que reduzcan
las emisiones de gases contaminantes al menos en un 40% con respecto a la
referencia de balsa sin costra.
Cualquier otra técnica, descrita como mejor técnica disponible, que garantice una reducción de emisiones de gases contaminantes equivalente a la alcanzada mediante las técnicas descritas en los apartados a) o b), y que contribuya a minimizar las emisiones de gases
de efecto invernadero de la granja.
— En el caso de las fosas de nueva ejecución y para reducir las emisiones de amoniaco a
la atmósfera durante el almacenamiento exterior del purín, así como las emisiones de
gases de efecto invernadero, deberán adoptar técnicas que reduzcan, al menos, un 80%
las emisiones de amoniaco con respecto a la técnica de referencia (fosas abiertas y sin
costra natural).
- d - Emisiones contaminantes al suelo y a las aguas subterráneas.
1. El ganado porcino estará en todo momento en las naves de secuestro y corral. Estas naves
y corral son las indicadas en el anexo I de la presente resolución. Todas las instalaciones
serán permanentes.
2. L
a explotación dispondrá de un corral de manejo de 270 m2 conectado a la fosa de lixiviados.
Viernes 29 de noviembre de 2024
61557
• El estiércol deberá mezclarse con paja u otras sustancias que absorban la humedad.
— Almacenamiento del purín para fosas existentes.
• Las fosas deberán vaciarse al menos una vez al mes.
• Si la fosa no está cubierta deberá propiciarse la creación de costra natural y añadir
paja a la superficie para reducir las emisiones.
• Se limitará al máximo la agitación del purín.
• Además, deberán adoptar, al menos, una de las siguientes técnicas en su explotación
para las fosas existentes:
a) Vaciado de las fosas de estiércoles de los alojamientos al menos dos veces a la
semana, con el objeto de reducir al menos un 30% las emisiones de gases contaminantes, respecto de la técnica de referencia.
b) Cubrir las balsas de estiércoles, en las zonas en que no se forme de manera espontánea costra que cubra totalmente la superficie, con técnicas que reduzcan
las emisiones de gases contaminantes al menos en un 40% con respecto a la
referencia de balsa sin costra.
Cualquier otra técnica, descrita como mejor técnica disponible, que garantice una reducción de emisiones de gases contaminantes equivalente a la alcanzada mediante las técnicas descritas en los apartados a) o b), y que contribuya a minimizar las emisiones de gases
de efecto invernadero de la granja.
— En el caso de las fosas de nueva ejecución y para reducir las emisiones de amoniaco a
la atmósfera durante el almacenamiento exterior del purín, así como las emisiones de
gases de efecto invernadero, deberán adoptar técnicas que reduzcan, al menos, un 80%
las emisiones de amoniaco con respecto a la técnica de referencia (fosas abiertas y sin
costra natural).
- d - Emisiones contaminantes al suelo y a las aguas subterráneas.
1. El ganado porcino estará en todo momento en las naves de secuestro y corral. Estas naves
y corral son las indicadas en el anexo I de la presente resolución. Todas las instalaciones
serán permanentes.
2. L
a explotación dispondrá de un corral de manejo de 270 m2 conectado a la fosa de lixiviados.