Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024063905)
Resolución de 19 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para el proyecto de explotación porcina, cuyo titular es Felipe Ruiz Gallardo, en el término municipal de Campanario.
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NÚMERO 233
Viernes 29 de noviembre de 2024

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determina su viabilidad urbanística, valida por un plazo de dos años desde su concesión el
3/5/2023, y por tanto, se considera que la instalación es compatible, al haberse autorizado la
disminución de la superficie mínima necesaria regulada en las NNSS”.
Quinto. Con fecha 1 febrero de 2024, el Servicio de Prevención, Calidad Ambiental y Cambio
Climático informa al Servicio de Conservación de la Naturaleza y áreas Protegidas que el anterior proyecto se está sometiendo al procedimiento de consultas a aquellos organismos que se
consideren deban pronunciarse sobre las materias de sus competencias según lo establecido
en el artículo 16.5 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad
Autónoma de Extremadura. Por este motivo, se le solicitó que, en el plazo de 20 días desde la
recepción de esta comunicación, presentará las alegaciones y observaciones que considerara
oportunas para concretar su participación en este procedimiento.
Con fecha 17 de febrero de 2024 el Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas informa favorablemente la actividad solicitada, ya que no es susceptible de afectar de
forma apreciable a los lugares incluidos en la Red Natura 2000, ni se prevén afecciones significativas sobre especies o hábitats protegidos, siempre que se cumplan las medidas indicadas:
• Se pondrá especial atención a los sistemas de canalización y almacenamiento de purines
de las naves a utilizar, evitando que las aguas pluviales arrastren éstos y lleguen a los
cauces de los regatos y arroyos próximos.
• Se controlará la distancia a otras explotaciones y cauces existentes en la zona, asegurándose de que las charcas y los cauces estacionales y otros, no corren el más mínimo
riesgo de contaminación por las medidas tomadas en la instalación de las infraestructuras y su sistema de explotación, para lo que se aconseja el hormigonado de los patios de
ejercicio y canalización de los lixiviados a fosa habilitada.
• Adecuada integración paisajística de cualquier edificación, construcción y/o instalación
proyectada (colores naturales, evitar materiales reflectantes como galvanizados en depósitos, cubiertas, etc.), justificando su adecuación a las características naturales y culturales del paisaje, respetándose el campo visual y la armonía del conjunto. Se recomienda que la cubierta de las naves sea de color verde.
• En la gestión de purines se estará en lo dispuesto en la normativa aplicable.
• Si se detectara la presencia de alguna especie protegida o de interés durante los trabajos
se detendrán y se avisará al Agente del Medio Natural de la zona o al Técnico del Servicio de Conservación de la Naturaleza que dispondrán las medidas necesarias para evitar
cualquier afección.