Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Transporte Por Carretera. (2024050188)
Orden de 14 de noviembre de 2024 por la que se convocan, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, exámenes para la obtención del certificado de aptitud profesional (CAP) acreditativo de la cualificación inicial de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera, a celebrar en el año 2025.
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NÚMERO 233
Viernes 29 de noviembre de 2024

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En la relación de aspirantes excluidos se expresará la causa de dicha exclusión.
3. L
 os aspirantes excluidos expresamente, así como los que no figuren en la relación de admitidos ni en la de excluidos, dispondrán de un plazo de diez días, contados desde el día
siguiente a la publicación de la referida lista provisional, para subsanar el defecto que haya
motivado su exclusión o su no inclusión expresa.
Transcurrido dicho plazo, se publicará, en la misma forma prevista en el apartado anterior,
la lista definitiva de admitidos y excluidos a las pruebas objeto de la presente convocatoria.
Quinta. Características de la prueba de conocimientos.
La prueba de conocimientos, las materias sobre las que versará, su estructura y calificación,
se acomodarán a lo establecido en el anexo V del Real Decreto 284/2021, de 20 de abril, por
el que se regula la cualificación inicial y la formación continua de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera y por el que se modifica el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, aprobado por el Real Decreto
1211/1990, de 28 de septiembre.
1) C
 ontenido de la prueba: El examen constará de cien preguntas tipo test, cada una de
las cuales contará con cuatro respuestas alternativas, sobre el contenido de las materias incluidas en el anexo I, letra A) del citado Real Decreto 284/2021, sección 1.ª,
(formación obligatoria para todos los permisos) y secciones 2.ª (Formación obligatoria
específica para los permisos C, C+E, C1, C1+E) o 3.ª (Formación obligatoria específica
para los permisos D, D+E, D1, D1+E), según la clase de permiso de conducción a que
se refiera.
Veinticinco de tales preguntas estarán referidas a la formación obligatoria específica
regulada en el anexo I, letra A), sección 2.ª o sección 3.ª, según la clase de permiso de
conducción a que se refiera.
El examen incluirá, en todo caso, al menos una pregunta relativa a cada uno de los objetivos enumerados en el anexo I, letra A), sección 1.ª, y secciones 2.ª o 3.ª, teniendo
en cuenta la clase de permiso de conducción a que se refiera.
2) T
 iempo para la realización de la prueba: El tiempo para la realización del examen no
será inferior a 2 horas.
3) C
 alificación de la prueba: Las respuestas correctas se valorarán con 1 punto y las
erróneamente contestadas se penalizarán con 0,5 puntos negativos. Las preguntas no contestadas, o que contengan más de una respuesta, no puntuarán positiva
ni negativamente.