Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024063867)
Resolución de 14 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Nuevo centro de reparto en Jarandilla de la Vera y ampliación de la L-4856-02-"Vera" de la STR "Jaraíz", entre éste y el CT "Piscina Cuacos"", a realizar en los términos municipales de Jarandilla de la Vera, Aldeanueva de la Vera y Cuacos de Yuste, en la provincia de Cáceres, cuya promotora es i-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU. Expte.: IA23/1439.
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NÚMERO 231
Miércoles 27 de noviembre de 2024
61129
• No se eliminará toda la vegetación del dominio público hidráulico, debiendo ceñirse la actuación a la retirada selectiva de plantas herbáceas o arbustivas anuales
que puedan impedir el acceso al dominio público hidráulico o la realización de las
obras/actuaciones.
• Para la eliminación o control de la vegetación no está permitido el uso de herbicidas o cualquier otro tipo de sustancias químicas. Tampoco se permite la incorporación al dominio público hidráulico de materiales, estructuras y sustancias distintos
a los existentes.
• No se podrán llevar a cabo, en ningún caso, obras de movimientos de tierras que
alteren la sección del dominio público hidráulico o su configuración, como serían la
retirada de sedimentos o su distribución dentro del propio dominio público hidráulico.
• Deberá mantenerse intacta la morfología del dominio público hidráulico, y no provocar cambios en su lecho o en los taludes de sus riberas, no contemplándose por
lo tanto ni la apertura de caja ni el perfilado de taludes.
• Una vez finalizadas las actuaciones se deberá dejar el dominio público hidráulico en
condiciones normales de desagüe. En este sentido, la zona deberá quedar limpia
de cualquier producto sobrante de las mismas y los restos vegetales resultantes
del desarrollo de los trabajos no se abandonarán en el dominio público hidráulico
o en la zona de policía, debiendo retirarse para su adecuada gestión.
— En cuanto a la construcción de viales, se indica que en el paso de todos los cursos de
agua y vaguadas por los caminos y viales que puedan verse afectados, se deberán
respetar sus capacidades hidráulicas y no se llevará a cabo ninguna actuación que
pueda afectar negativamente a la calidad de las aguas.
— Al respecto del movimiento de tierras y el drenaje, hay que tener en cuenta que un
posible impacto sobre la hidrología puede proceder de la remoción de los materiales durante las fases de construcción y su posterior arrastre pluvial, provocando un
incremento del aporte de sólidos a los cauces, por lo que se deben tomar medidas
necesarias para evitarlo, por ejemplo, colocando barreras móviles para impedir dicho
arrastre.
— En cuanto a las zonas susceptibles de producir impactos, se destaca la zona de depósito y acopio de materiales. En consecuencia, se indica que el suelo de la zona de
almacenamiento se recomienda que esté impermeabilizado para evitar riesgos de
infiltración y contaminación de aguas superficiales y subterráneas, asegurando que
se eviten pérdidas por desbordamiento.
Miércoles 27 de noviembre de 2024
61129
• No se eliminará toda la vegetación del dominio público hidráulico, debiendo ceñirse la actuación a la retirada selectiva de plantas herbáceas o arbustivas anuales
que puedan impedir el acceso al dominio público hidráulico o la realización de las
obras/actuaciones.
• Para la eliminación o control de la vegetación no está permitido el uso de herbicidas o cualquier otro tipo de sustancias químicas. Tampoco se permite la incorporación al dominio público hidráulico de materiales, estructuras y sustancias distintos
a los existentes.
• No se podrán llevar a cabo, en ningún caso, obras de movimientos de tierras que
alteren la sección del dominio público hidráulico o su configuración, como serían la
retirada de sedimentos o su distribución dentro del propio dominio público hidráulico.
• Deberá mantenerse intacta la morfología del dominio público hidráulico, y no provocar cambios en su lecho o en los taludes de sus riberas, no contemplándose por
lo tanto ni la apertura de caja ni el perfilado de taludes.
• Una vez finalizadas las actuaciones se deberá dejar el dominio público hidráulico en
condiciones normales de desagüe. En este sentido, la zona deberá quedar limpia
de cualquier producto sobrante de las mismas y los restos vegetales resultantes
del desarrollo de los trabajos no se abandonarán en el dominio público hidráulico
o en la zona de policía, debiendo retirarse para su adecuada gestión.
— En cuanto a la construcción de viales, se indica que en el paso de todos los cursos de
agua y vaguadas por los caminos y viales que puedan verse afectados, se deberán
respetar sus capacidades hidráulicas y no se llevará a cabo ninguna actuación que
pueda afectar negativamente a la calidad de las aguas.
— Al respecto del movimiento de tierras y el drenaje, hay que tener en cuenta que un
posible impacto sobre la hidrología puede proceder de la remoción de los materiales durante las fases de construcción y su posterior arrastre pluvial, provocando un
incremento del aporte de sólidos a los cauces, por lo que se deben tomar medidas
necesarias para evitarlo, por ejemplo, colocando barreras móviles para impedir dicho
arrastre.
— En cuanto a las zonas susceptibles de producir impactos, se destaca la zona de depósito y acopio de materiales. En consecuencia, se indica que el suelo de la zona de
almacenamiento se recomienda que esté impermeabilizado para evitar riesgos de
infiltración y contaminación de aguas superficiales y subterráneas, asegurando que
se eviten pérdidas por desbordamiento.