Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Trámites Telemáticos. (2024063896)
Resolución de 21 de noviembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se realiza la convocatoria pública para la adquisición de la condición de entidad colaboradora para la realización de los trámites asociados a la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de la Junta de Extremadura que se lleven a cabo mediante canales telemáticos.
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NÚMERO 230
Martes 26 de noviembre de 2024

60991

Asimismo, corresponde al ENCARGADO DEL TRATAMIENTO comunicar en el menor tiempo posible las violaciones de la seguridad de los datos a los interesados, cuando sea
probable que la violación suponga un alto riesgo para los derechos y las libertades de
las personas físicas.
La comunicación debe realizarse en un lenguaje claro y sencillo y deberá, como mínimo:


a) Explicar la naturaleza de la violación de datos.



b) Indicar el nombre y los datos de contacto del Encargado para obtener más información.



c) Describir las posibles consecuencias de la violación de la seguridad de los datos
personales.



d) Describir las medidas adoptadas o propuestas por el responsable del tratamiento
para poner remedio a la violación de la seguridad de los datos personales, incluyendo, si procede, las medidas adoptadas para mitigar los posibles efectos negativos.

m) Poner a disposición del RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO toda la información necesaria
para demostrar el cumplimiento de sus obligaciones, así como para la realización de las
auditorías o las inspecciones que realicen el RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO u otro
auditor autorizado por él.
n) Implantar las medidas de seguridad técnicas y organizativas necesarias para garantizar
la confidencialidad, integridad, disponibilidad y resilencia permanentes de los sistemas
y servicios de tratamiento. Las medidas de seguridad mínimas se recogen en el apartado “Medidas de seguridad mínimas a aplicar por el Encargado”.
En todo caso, deberá implantar mecanismos para:


a) Garantizar la confidencialidad, integridad, disponibilidad y resiliencia permanentes
de los sistemas y servicios de tratamiento.



b) Restaurar la disponibilidad y el acceso a los datos personales de forma rápida, en
caso de incidente físico o técnico.



c) Verificar, evaluar y valorar, de forma regular, la eficacia de las medidas técnicas y
organizativas implantadas para garantizar la seguridad del tratamiento.



d) Seudonimizar y cifrar los datos personales, en su caso.

II. Obligaciones del RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO.