Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024063851)
Resolución de 19 de noviembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio Interadministrativo entre la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda y la Mancomunidad Integral de Servicios Cíjara y la Mancomunidad de Municipios Siberia para el funcionamiento de una Oficina Técnica de Urbanismo y Desarrollo Territorial Sostenible.
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NÚMERO 229
Lunes 25 de noviembre de 2024

60636

Esta forma de pago será aplicable a cualquiera de las posibles prórrogas anuales que
pudieran acordarse por ambas partes.
Únicamente se tendrá en cuenta la justificación de gastos y pagos realizados por la
Mancomunidad entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del ejercicio económico de que
se trate, a efectos de justificar el gasto que corresponda en relación con la financiación
del convenio.
Cuando la Mancomunidad no pueda justificar un nivel de gasto igual o superior al exigido para que la Consejería pueda efectuar cualquiera de los abonos reflejados en este
apartado, ya sea debido a que exista una causa justificada que haya impedido cubrir
cualquier baja o vacante que se haya podido producir en el plazo máximo establecido en
el apartado 11 de la cláusula sexta o bien, a que se hubiera autorizado una reducción de
jornada o concedido algún permiso laboral previsto en el Estatuto de los Trabajadores,
el importe a abonar por parte de la Consejería se verá reducido y coincidirá con el gasto
imputable al Convenio que se hubiere acreditado por la Mancomunidad dentro de los
plazos señalados.
2. L
 a Mancomunidad asumirá cuantos costes de personal y gastos excedan de la aportación
realizada por la Comunidad Autónoma de Extremadura.
3. L
 os gastos y pagos imputables al convenio, realizados por la Mancomunidad, se justificarán ante la Dirección General de Urbanismo, Ordenación del Territorio y Agenda Urbana,
mediante la presentación de certificación expedida por la persona titular de la Secretaría –
Intervención de la Mancomunidad. La documentación justificativa, en la que se indicará expresamente que los gastos justificados se han destinado íntegramente a los fines previstos
en este convenio, estará constituida por las nóminas de los trabajadores y sus justificantes
de pago y los documentos de cotización a la Seguridad Social y justificantes de ingreso.
4. L
 os justificantes de los gastos y pagos realizados por la Mancomunidad, con cargo al presente convenio, deberán ser custodiados por esta entidad local, como mínimo, hasta el año
2029, en tanto puedan ser objeto de actuaciones de comprobación y control, pudiendo ser
solicitados, en cualquier momento, por la Consejería o la Intervención General de la Junta
de Extremadura en el ejercicio de sus competencias de control del gasto público.
Décima. Seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes.
1. P
 ara el seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del presente convenio las partes
firmantes nombran responsable de este, a la Dirección General de Urbanismo, Ordenación
del Territorio y Agenda Urbana, que tendrá las facultades necesarias para supervisar su