Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024063851)
Resolución de 19 de noviembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio Interadministrativo entre la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda y la Mancomunidad Integral de Servicios Cíjara y la Mancomunidad de Municipios Siberia para el funcionamiento de una Oficina Técnica de Urbanismo y Desarrollo Territorial Sostenible.
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NÚMERO 229
Lunes 25 de noviembre de 2024
60629
Servicios Cíjara dentro del plazo máximo de justificación, así como a realizar los procesos de selección de personal previstos en el convenio para cubrir cualquier vacante
que se produzca. Los gastos y pagos realizados por las Mancomunidades para el funcionamiento y mantenimiento de la OTUDTS se justificarán mediante la presentación
de certificación expedida por la persona titular de la Secretaría – Intervención de la
Mancomunidad Integral de Servicios Cíjara y los justificantes acreditativos.
e) L
os recursos financieros que aporta cada Mancomunidad para cumplir con el requisito
de cofinanciación señalado en la cláusula octava se fijarán de común acuerdo entre ambas de acuerdo con lo previsto en sus correspondientes estatutos, para lo cual se podrá
fijar un porcentaje fijo por municipio y otro en proporción al número de habitantes de
cada uno de ellos. Cada Mancomunidad se obliga a aportar, como mínimo, la cantidad
económica acordada para hacer frente al porcentaje de financiación que le corresponda.
Las Mancomunidades estarán obligadas a prever en sus Presupuestos las consignaciones suficientes para cubrir sus respectivas aportaciones para asegurar el cumplimiento
del convenio.
Quinta. Obligaciones de la Consejería.
Para el cumplimiento del objeto del presente convenio la Consejería asume las siguientes
obligaciones:
a) Realizar el pago de los compromisos económicos asumidos con la suscripción del presente convenio en los términos regulados en el mismo.
b) Asesorar, a solicitud de las Mancomunidades, respecto a la organización funcional de la
OTUDTS.
c) Prestar a los profesionales integrantes de la OTUDTS, la asistencia técnica y jurídica que
estos precisen para el desarrollo de las actuaciones y funciones que tienen encomendadas.
Para el desarrollo de las tareas señaladas, así como para el seguimiento del convenio, la
Dirección General de Urbanismo, Ordenación del Territorio y Agenda Urbana dispone de un
equipo de coordinación compuesto por personal adscrito al Servicio de Urbanismo, de entre el
cual designará a dos de sus miembros, de los que uno será representante en la CUOTEX para
que canalice el contacto directo y permanente entre dicha Dirección General y la dirección de
las OTUDTS, las Mancomunidades y los propios ayuntamientos integrados en ella, en asuntos
relacionados con la gestión, funciones y actividad descrita en el presente Convenio.
Lunes 25 de noviembre de 2024
60629
Servicios Cíjara dentro del plazo máximo de justificación, así como a realizar los procesos de selección de personal previstos en el convenio para cubrir cualquier vacante
que se produzca. Los gastos y pagos realizados por las Mancomunidades para el funcionamiento y mantenimiento de la OTUDTS se justificarán mediante la presentación
de certificación expedida por la persona titular de la Secretaría – Intervención de la
Mancomunidad Integral de Servicios Cíjara y los justificantes acreditativos.
e) L
os recursos financieros que aporta cada Mancomunidad para cumplir con el requisito
de cofinanciación señalado en la cláusula octava se fijarán de común acuerdo entre ambas de acuerdo con lo previsto en sus correspondientes estatutos, para lo cual se podrá
fijar un porcentaje fijo por municipio y otro en proporción al número de habitantes de
cada uno de ellos. Cada Mancomunidad se obliga a aportar, como mínimo, la cantidad
económica acordada para hacer frente al porcentaje de financiación que le corresponda.
Las Mancomunidades estarán obligadas a prever en sus Presupuestos las consignaciones suficientes para cubrir sus respectivas aportaciones para asegurar el cumplimiento
del convenio.
Quinta. Obligaciones de la Consejería.
Para el cumplimiento del objeto del presente convenio la Consejería asume las siguientes
obligaciones:
a) Realizar el pago de los compromisos económicos asumidos con la suscripción del presente convenio en los términos regulados en el mismo.
b) Asesorar, a solicitud de las Mancomunidades, respecto a la organización funcional de la
OTUDTS.
c) Prestar a los profesionales integrantes de la OTUDTS, la asistencia técnica y jurídica que
estos precisen para el desarrollo de las actuaciones y funciones que tienen encomendadas.
Para el desarrollo de las tareas señaladas, así como para el seguimiento del convenio, la
Dirección General de Urbanismo, Ordenación del Territorio y Agenda Urbana dispone de un
equipo de coordinación compuesto por personal adscrito al Servicio de Urbanismo, de entre el
cual designará a dos de sus miembros, de los que uno será representante en la CUOTEX para
que canalice el contacto directo y permanente entre dicha Dirección General y la dirección de
las OTUDTS, las Mancomunidades y los propios ayuntamientos integrados en ella, en asuntos
relacionados con la gestión, funciones y actividad descrita en el presente Convenio.