Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024063838)
Resolución de 13 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe ambiental estratégico, en la forma prevista en la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de la modificación puntual n.º 1 del Plan General Municipal de Baños de Montemayor. Expte.: IA23/362.
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NÚMERO 229
Lunes 25 de noviembre de 2024
60696
periurbana de las diferentes entidades locales de Extremadura, con el fin de evitar los
riesgos que los incendios forestales puedan suponer para la población, suprimiendo
o reduciendo la propagación y permitiendo asegurar su confinamiento, alejamiento o
evacuación. El ámbito territorial del Plan Periurbano de Prevención de Incendios será
la franja periurbana de cada entidad local a partir del suelo urbano definido en el documento de planificación urbanística vigente, la ampliación del casco urbano, mediante
cualquiera de las figuras urbanísticas establecidas por ley, deberá notificarse al Servicio
de Prevención y Extinción de Incendios, en cumplimiento del artículo 21.1 del Decreto
260/2014, de 2 de diciembre, por el que se regula la Prevención de los Incendios Forestales en la Comunidad Autónoma de Extremadura, para la actualización del Plan Periurbano de Prevención de la zona afectada. A la firma del presente informe, el municipio
de Baños de Montemayor cuenta con un Plan Periurbano de Prevención de Incendios
Forestales (PPZAR/6/77/2009) con fecha de resolución del 26 de julio del 2012.
Medidas Preventivas en viviendas y edificaciones aisladas. Uno de los aspectos que pueden modificar el desarrollo de la extinción de los incendios forestales es la presencia de
bienes no forestales y personas en el entorno forestal. Esto implica una priorización de
medios atendiendo a este tipo de ubicaciones mientras que existe una merma en las actuaciones sobre el incendio forestal propiamente dicho. Para la minimización del riesgo
de incendio en este tipo de infraestructuras de la legislación autonómica establece las
medidas preventivas a realizar, dependiendo de su entidad:
• Medidas de autoprotección: Orden de 10 de octubre de 2023, que establece las Medidas de Autoprotección o Autodefensa frente a incendios forestales, para lugares o
construcciones vulnerables y aisladas que no se encuentren incluidos en los Planes
Periurbanos de Prevención, sin perjuicio de su normativa sectorial de aplicación.
• Memorias técnicas de prevención: Orden de 24 de octubre de 2016, que establece
medidas preventivas muy específicas en orden a reducir el peligro de incendio, y los
daños que del mismo puedan derivarse en ámbitos y situaciones especiales en agrupaciones de viviendas, infraestructuras de cierta magnitud o localizaciones turísticas
de gran afluencia de personas.
Se trata básicamente de reducir o eliminar la vegetación inflamable en el entorno de instalaciones, equipamientos y edificaciones, en los casos en que se encuentren aislados y
fuera de la franja periurbana.
Vista la problemática anterior, en la normativa de ordenación territorial municipal, este
tipo de edificaciones deberían quedar supeditadas al cumplimiento estricto de las medidas de autoprotección o memorias técnicas según su entidad.
Lunes 25 de noviembre de 2024
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periurbana de las diferentes entidades locales de Extremadura, con el fin de evitar los
riesgos que los incendios forestales puedan suponer para la población, suprimiendo
o reduciendo la propagación y permitiendo asegurar su confinamiento, alejamiento o
evacuación. El ámbito territorial del Plan Periurbano de Prevención de Incendios será
la franja periurbana de cada entidad local a partir del suelo urbano definido en el documento de planificación urbanística vigente, la ampliación del casco urbano, mediante
cualquiera de las figuras urbanísticas establecidas por ley, deberá notificarse al Servicio
de Prevención y Extinción de Incendios, en cumplimiento del artículo 21.1 del Decreto
260/2014, de 2 de diciembre, por el que se regula la Prevención de los Incendios Forestales en la Comunidad Autónoma de Extremadura, para la actualización del Plan Periurbano de Prevención de la zona afectada. A la firma del presente informe, el municipio
de Baños de Montemayor cuenta con un Plan Periurbano de Prevención de Incendios
Forestales (PPZAR/6/77/2009) con fecha de resolución del 26 de julio del 2012.
Medidas Preventivas en viviendas y edificaciones aisladas. Uno de los aspectos que pueden modificar el desarrollo de la extinción de los incendios forestales es la presencia de
bienes no forestales y personas en el entorno forestal. Esto implica una priorización de
medios atendiendo a este tipo de ubicaciones mientras que existe una merma en las actuaciones sobre el incendio forestal propiamente dicho. Para la minimización del riesgo
de incendio en este tipo de infraestructuras de la legislación autonómica establece las
medidas preventivas a realizar, dependiendo de su entidad:
• Medidas de autoprotección: Orden de 10 de octubre de 2023, que establece las Medidas de Autoprotección o Autodefensa frente a incendios forestales, para lugares o
construcciones vulnerables y aisladas que no se encuentren incluidos en los Planes
Periurbanos de Prevención, sin perjuicio de su normativa sectorial de aplicación.
• Memorias técnicas de prevención: Orden de 24 de octubre de 2016, que establece
medidas preventivas muy específicas en orden a reducir el peligro de incendio, y los
daños que del mismo puedan derivarse en ámbitos y situaciones especiales en agrupaciones de viviendas, infraestructuras de cierta magnitud o localizaciones turísticas
de gran afluencia de personas.
Se trata básicamente de reducir o eliminar la vegetación inflamable en el entorno de instalaciones, equipamientos y edificaciones, en los casos en que se encuentren aislados y
fuera de la franja periurbana.
Vista la problemática anterior, en la normativa de ordenación territorial municipal, este
tipo de edificaciones deberían quedar supeditadas al cumplimiento estricto de las medidas de autoprotección o memorias técnicas según su entidad.