Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024063849)
Resolución de 19 de noviembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre el Instituto de Mayores y Servicios Sociales y la Comunidad Autónoma de Extremadura para el desarrollo del Marco de Cooperación Interadministrativa previsto en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia y para el establecimiento y financiación del nivel de protección acordado para el ejercicio 2024.
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NÚMERO 228
Viernes 22 de noviembre de 2024
60274
con cuarenta y cuatro céntimos (24.460.952,44 €) con cargo a la aplicación económica
1003.6004.31.34.451.2, de conformidad con los criterios de reparto recogidos en el citado
Marco de Cooperación Interadministrativa.
Para la determinación de esta cantidad se ha tomado en consideración la distribución establecida en el Marco de Cooperación Interadministrativa para el año 2024, así como lo
recogido en el punto 11 del apartado IV del Marco de Cooperación Interadministrativa para
el año 2023, y lo dispuesto en el apartado sexto de la cláusula sexta del Convenio entre la
Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de Extremadura para el desarrollo del Marco de Cooperación Interadministrativa previsto en la Ley 39/2006, de 14 de
diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación
de dependencia y para el establecimiento y financiación del nivel de protección acordado
para el ejercicio 2023.
La Comunidad Autónoma de Extremadura aportará, para la financiación del presente convenio, con cargo a sus propios presupuestos, un crédito inicial de veinticuatro millones
cuatrocientos sesenta mil novecientos cincuenta y dos euros con cuarenta y cuatro céntimos euros (24.460.952,44 €), con cargo a la aplicación presupuestaria G/232A/48000
programa presupuestario 20100323.
2. T
odo ello sin perjuicio de la necesidad del cumplimiento de la obligación, por parte de la
Comunidad Autónoma, de que su aportación sea al menos igual a la realizada por la Administración General del Estado para la financiación del nivel mínimo y del nivel acordado de
protección del SAAD en el territorio de aquella, de conformidad con lo previsto en el artículo
32.3 de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre.
3. D
ichas aportaciones se realizarán según los términos y condiciones que se regulan en las
cláusulas siguientes.
Tercera. Servicios y prestaciones del SAAD.
1. L
a provisión de los servicios y prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la
Dependencia gestionados por la Comunidad Autónoma se ajustará a los acuerdos adoptados, a la fecha de la firma del presente convenio, por el Consejo Territorial.
2. C
on cargo al presente convenio, podrán ser financiadas las siguientes actuaciones:
a) Todas las relativas a la agilización administrativa, reducción de plazos de valoración del
grado de dependencia y elaboración del Programa Individual de Atención (PIA) y disminución de la lista de espera de conformidad al Plan de Reducción de la lista de espera
presentado por la Comunidad Autónoma y sus sucesivas actualizaciones, en forma de:
Viernes 22 de noviembre de 2024
60274
con cuarenta y cuatro céntimos (24.460.952,44 €) con cargo a la aplicación económica
1003.6004.31.34.451.2, de conformidad con los criterios de reparto recogidos en el citado
Marco de Cooperación Interadministrativa.
Para la determinación de esta cantidad se ha tomado en consideración la distribución establecida en el Marco de Cooperación Interadministrativa para el año 2024, así como lo
recogido en el punto 11 del apartado IV del Marco de Cooperación Interadministrativa para
el año 2023, y lo dispuesto en el apartado sexto de la cláusula sexta del Convenio entre la
Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de Extremadura para el desarrollo del Marco de Cooperación Interadministrativa previsto en la Ley 39/2006, de 14 de
diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación
de dependencia y para el establecimiento y financiación del nivel de protección acordado
para el ejercicio 2023.
La Comunidad Autónoma de Extremadura aportará, para la financiación del presente convenio, con cargo a sus propios presupuestos, un crédito inicial de veinticuatro millones
cuatrocientos sesenta mil novecientos cincuenta y dos euros con cuarenta y cuatro céntimos euros (24.460.952,44 €), con cargo a la aplicación presupuestaria G/232A/48000
programa presupuestario 20100323.
2. T
odo ello sin perjuicio de la necesidad del cumplimiento de la obligación, por parte de la
Comunidad Autónoma, de que su aportación sea al menos igual a la realizada por la Administración General del Estado para la financiación del nivel mínimo y del nivel acordado de
protección del SAAD en el territorio de aquella, de conformidad con lo previsto en el artículo
32.3 de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre.
3. D
ichas aportaciones se realizarán según los términos y condiciones que se regulan en las
cláusulas siguientes.
Tercera. Servicios y prestaciones del SAAD.
1. L
a provisión de los servicios y prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la
Dependencia gestionados por la Comunidad Autónoma se ajustará a los acuerdos adoptados, a la fecha de la firma del presente convenio, por el Consejo Territorial.
2. C
on cargo al presente convenio, podrán ser financiadas las siguientes actuaciones:
a) Todas las relativas a la agilización administrativa, reducción de plazos de valoración del
grado de dependencia y elaboración del Programa Individual de Atención (PIA) y disminución de la lista de espera de conformidad al Plan de Reducción de la lista de espera
presentado por la Comunidad Autónoma y sus sucesivas actualizaciones, en forma de: