Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024063848)
Resolución de 19 de noviembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital y Fundecyt-PCTEX por el que se formaliza una transferencia específica destinada a financiar la realización del Proyecto "5071_Fundecyt-Parque Científico y Tecnológico de Extremadura: Aceleración de ecosistemas de emprendimiento e innovación basados en Gemelos Digitales" en el ejercicio 2024.
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NÚMERO 228
Viernes 22 de noviembre de 2024
60240
Décima. Eficacia, duración y resolución.
La eficacia del presente convenio será desde la fecha de su firma por ambas partes hasta el
31 de diciembre de 2024. No obstante, se podrán imputar gastos derivados de la ejecución
del proyecto desde el 1 de abril de 2024, tal como se recoge en la cláusula cuarta.
Serán causas de resolución del presente convenio:
— El vencimiento del plazo de eficacia.
— El acuerdo de las partes, formalizado por escrito.
— La imposibilidad sobrevenida del cumplimiento de las actividades descritas.
— La denuncia del convenio instada por una de las partes ante el incumplimiento de la
otra, de acuerdo con los términos establecidos en el presente documento. En este
caso, la parte cumplidora notificará a la otra el incumplimiento, concediendo un plazo
de 15 días para subsanarlo y, en caso negativo, se dará por finalizado y extinguido el
convenio.
— Falta o insuficiencia de crédito.
En cualquier caso, su resolución anticipada no afectará a las actividades en curso que deberán
ser realizadas hasta su completa finalización.
Undécima. Información y publicidad.
La Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital deberá aparecer en todos los soportes publicitarios de las actividades que se realicen con los fondos de esta transferencia específica y se deberán cumplir las prescripciones sobre identificación, información y publicidad
de las inversiones realizadas por la Junta de Extremadura, recogidas en el Decreto 50/2001,
de 3 de abril, sobre medidas adicionales de gestión de inversiones financiadas con ayudas de
la Junta de Extremadura.
De conformidad con lo previsto en el artículo 9 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre,
por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, deberá exhibirse de forma correcta y destacada el emblema de la UE con una declaración
de financiación adecuada que diga “financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU”, junto
al logotipo del PRTR, disponible en el link https://planderecuperacion.gob.es/identidad-visual.
Viernes 22 de noviembre de 2024
60240
Décima. Eficacia, duración y resolución.
La eficacia del presente convenio será desde la fecha de su firma por ambas partes hasta el
31 de diciembre de 2024. No obstante, se podrán imputar gastos derivados de la ejecución
del proyecto desde el 1 de abril de 2024, tal como se recoge en la cláusula cuarta.
Serán causas de resolución del presente convenio:
— El vencimiento del plazo de eficacia.
— El acuerdo de las partes, formalizado por escrito.
— La imposibilidad sobrevenida del cumplimiento de las actividades descritas.
— La denuncia del convenio instada por una de las partes ante el incumplimiento de la
otra, de acuerdo con los términos establecidos en el presente documento. En este
caso, la parte cumplidora notificará a la otra el incumplimiento, concediendo un plazo
de 15 días para subsanarlo y, en caso negativo, se dará por finalizado y extinguido el
convenio.
— Falta o insuficiencia de crédito.
En cualquier caso, su resolución anticipada no afectará a las actividades en curso que deberán
ser realizadas hasta su completa finalización.
Undécima. Información y publicidad.
La Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital deberá aparecer en todos los soportes publicitarios de las actividades que se realicen con los fondos de esta transferencia específica y se deberán cumplir las prescripciones sobre identificación, información y publicidad
de las inversiones realizadas por la Junta de Extremadura, recogidas en el Decreto 50/2001,
de 3 de abril, sobre medidas adicionales de gestión de inversiones financiadas con ayudas de
la Junta de Extremadura.
De conformidad con lo previsto en el artículo 9 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre,
por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, deberá exhibirse de forma correcta y destacada el emblema de la UE con una declaración
de financiación adecuada que diga “financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU”, junto
al logotipo del PRTR, disponible en el link https://planderecuperacion.gob.es/identidad-visual.