Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Empresa. Ayudas. (2024040249)
Modificación del Extracto y Anuncio del reajuste de anualidades del crédito de la convocatoria del programa de ayudas para la realización de actuaciones de dinamización y promoción empresarial en la Comunidad Autónoma de Extremadura correspondiente al ejercicio 2024, aprobada mediante Decreto 65/2024, de 2 de julio.
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NÚMERO 228
Viernes 22 de noviembre de 2024
60175
MODIFICACIÓN del Extracto y Anuncio del reajuste de anualidades del crédito
de la convocatoria del programa de ayudas para la realización de actuaciones
de dinamización y promoción empresarial en la Comunidad Autónoma de
Extremadura correspondiente al ejercicio 2024, aprobada mediante Decreto
65/2024, de 2 de julio. (2024040249)
BDNS (Identif.): 777945
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, se publicó en el Diario Oficial de Extremadura número
150 de fecha 2 de agosto de 2024, Extracto del 65/2024, de 2 de julio por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la realización de Actuaciones de Dinamización y
Promoción Empresarial en la Comunidad Autónoma de Extremadura, y se aprueba la primera
convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es ) con la identificación BDNS 777945.
El artículo 29.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, establece que en las convocatorias se determinarán las aplicaciones,
proyectos presupuestarios y las cuantías estimadas previstas inicialmente para el periodo de
vigencia de la convocatoria.
El artículo 39.4 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, indica el procedimiento que debe seguirse en la tramitación presupuestaria para las variaciones que puedan producirse respecto a los proyectos de gastos o
aplicaciones presupuestarias, o cuantías inicialmente en las convocatorias abiertas por concesión directa. Dicho procedimiento consiste, esencialmente, en la modificación del expediente
de gasto, previo informe de la Intervención General, y la publicación en el Diario Oficial de
Extremadura y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de un anuncio del órgano competente para la aprobación de la convocatoria en el que se recojan, de acuerdo con
la modificación producida, cómo quedarían los créditos totales de la convocatoria distribuidos
por proyectos y aplicaciones presupuestarias.
De acuerdo con la disposición adicional única del Decreto 65/2024, de 2 de julio, por el que
se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la realización de Actuaciones de Dinamización y Promoción Empresarial en la Comunidad Autónoma de Extremadura, y se aprueba
la primera convocatoria, y según se establece en su apartado Decimotercero, Financiación de
las ayudas, el coste de las acciones previstas está imputado a la aplicación presupuestaria
14004.323A.48000, Proyecto de Gasto 20240048 Programa de ayudas para la dinamización
empresarial de Extremadura, por un importe de 250.000 euros con cargo a la presente anualidad 2024, financiado con fondos propios de la Comunidad Autónoma, y distribuidos en:
Viernes 22 de noviembre de 2024
60175
MODIFICACIÓN del Extracto y Anuncio del reajuste de anualidades del crédito
de la convocatoria del programa de ayudas para la realización de actuaciones
de dinamización y promoción empresarial en la Comunidad Autónoma de
Extremadura correspondiente al ejercicio 2024, aprobada mediante Decreto
65/2024, de 2 de julio. (2024040249)
BDNS (Identif.): 777945
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, se publicó en el Diario Oficial de Extremadura número
150 de fecha 2 de agosto de 2024, Extracto del 65/2024, de 2 de julio por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la realización de Actuaciones de Dinamización y
Promoción Empresarial en la Comunidad Autónoma de Extremadura, y se aprueba la primera
convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es ) con la identificación BDNS 777945.
El artículo 29.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, establece que en las convocatorias se determinarán las aplicaciones,
proyectos presupuestarios y las cuantías estimadas previstas inicialmente para el periodo de
vigencia de la convocatoria.
El artículo 39.4 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, indica el procedimiento que debe seguirse en la tramitación presupuestaria para las variaciones que puedan producirse respecto a los proyectos de gastos o
aplicaciones presupuestarias, o cuantías inicialmente en las convocatorias abiertas por concesión directa. Dicho procedimiento consiste, esencialmente, en la modificación del expediente
de gasto, previo informe de la Intervención General, y la publicación en el Diario Oficial de
Extremadura y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de un anuncio del órgano competente para la aprobación de la convocatoria en el que se recojan, de acuerdo con
la modificación producida, cómo quedarían los créditos totales de la convocatoria distribuidos
por proyectos y aplicaciones presupuestarias.
De acuerdo con la disposición adicional única del Decreto 65/2024, de 2 de julio, por el que
se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la realización de Actuaciones de Dinamización y Promoción Empresarial en la Comunidad Autónoma de Extremadura, y se aprueba
la primera convocatoria, y según se establece en su apartado Decimotercero, Financiación de
las ayudas, el coste de las acciones previstas está imputado a la aplicación presupuestaria
14004.323A.48000, Proyecto de Gasto 20240048 Programa de ayudas para la dinamización
empresarial de Extremadura, por un importe de 250.000 euros con cargo a la presente anualidad 2024, financiado con fondos propios de la Comunidad Autónoma, y distribuidos en: