Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Transformación Digital. Subvenciones. (2024040217)
Decreto 129/2024, de 15 de octubre, por el que se establecen las bases reguladoras de ayudas a otorgar a entidades locales de menos de 20.000 habitantes de la Comunidad Autónoma de Extremadura destinadas al desarrollo de pueblos inteligentes y se aprueba la primera convocatoria.
78 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 228

60170

Viernes 22 de noviembre de 2024

Tercero. Que se compromete/n a poner en conocimiento del órgano de contratación/comisión de evaluación,
sin dilación, cualquier situación de conflicto de interés que pudiera conocer y producirse en cualquier momento
del procedimiento en curso.
Cuarto. Que conoce que una declaración de ausencia de conflicto de interés que se demuestre que sea falsa,
acarreará las consecuencias disciplinarias/administrativas/ judiciales que establezca la normativa de
aplicación.
Firmado:
D/Dña.:

Nombre y apellidos y firma

En

a

de

de 20

CLAÚSULAS INFORMATIVAS SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS
RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO:
Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital. Paseo de Roma s/n Módulo A. 3ª plata, C.P 06800 Mérida
(Badajoz) Teléfonos 924004562 o bien a través de los correos electrónicos extremaduradigital@juntaex.es o Delegado
de Protección de Datos de la Junta de Extremadura: dpd@juntaex.es
FINALIDAD DEL TRATAMIENTO:
Trataremos sus datos personales con las siguientes finalidades: Identificación, autentificación y notificación de y para los
ciudadanos que presenten la solicitud de ayuda regida por esta Resolución de convocatoria.
LEGITIMACIÓN DEL TRATAMIENTO:
La base jurídica de la finalidad del tratamiento necesario es el cumplimiento de una obligación legal aplicable al
responsable del tratamiento (artículo 6.1.c) del RGPD, en virtud de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas y de la Ley 6/2011, 23 de marzo, de subvención de la Comunidad
Autónoma de Extremadura. Para la cesión de los datos a la Base de datos del administrado la legitimación es el artículo
30 de la Ley 8/2019 de 5 de abril, para una Administración más ágil en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
PLAZO DE CONSERVACIÓN:
La información será conservada hasta la finalización del expediente y posteriormente durante los plazos legalmente
previstos en la normativa y durante los plazos en que jueces o tribunales los puedan reclamar. Cumplidos estos plazos el
expediente puede ser trasladado al Archivo Histórico, de acuerdo con la normativa vigente.
DESTINATARIOS:
Los datos personales serán comunicados a la base de datos del administrado según la ley 8/2019 de 5 de abril, para una
Administración más ágil en la Comunidad Autónoma de Extremadura. Por otro lado, y al tratarse de ayudas financiadas
con Fondos Europeos, los datos serán tratados de conformidad con el Reglamento (UE) 2016/679 o con el Reglamento
(UE) 2018/1725 del Parlamento Europeo y del Consejo, según corresponda. Asimismo, podrán ser transferidos datos a
otros organismos u órganos de la Administración Pública sin precisar el previo consentimiento del interesado cuando así
lo prevea una norma de derecho de la Unión Europea o una ley nacional, que determine las cesiones como consecuencia
del cumplimiento de una obligación legal, aunque deberemos informar de este tratamiento al interesado, salvo las
excepciones previstas en el artículo 14.5 del RGPD. Cualquier cesión de datos no incluida en los supuestos anteriores,