Extremadura Avante Servicios Avanzados A Pymes, Slu. Promoción Empresarial. Ayudas. (2024AC0095)
Acuerdo de 14 de noviembre de 2024, del Consejero Delegado, por el que se realiza la convocatoria de las ayudas para la participación agrupada en la Feria Prowein 2025 (código FI25OROW).
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NÚMERO 227
60070
Jueves 21 de noviembre de 2024
☐ AUTORIZO que la Secretaría General de Economía, Empresa y Comercio recabe de oficio de la Agencia Tributaria
los datos del domicilio fiscal así como la verificación de los datos de identificación de la empresa.
☐ NO AUTORIZO que la Secretaría General de Economía, Empresa y Comercio pueda recabe de oficio de la Agencia
Tributaria los datos del domicilio fiscal así como la verificación de los datos de identificación de la empresa. Por
lo que APORTO certificado emitido por la Agencia Tributaria que lo acredita.
9. INFORMACIÓN SOBRE TITULARIDADES REALES
☐
☐
AUTORIZO que el órgano gestor, o cualquier autoridad y organismo nacional que gestione, verifique, pague
o audite Fondos Europeos, pueda recabar de oficio en el Registro Central de Titularidades Reales los datos
relativos a los titulares reales de los perceptores de la financiación de la Unión Europea
NO AUTORIZO que el órgano gestor, o a cualquier autoridad y organismo nacional que gestione, verifique,
pague o audite Fondos Europeos, pueda recabar de oficio pueda recabar de en el Registro Central de
Titularidades Reales los datos relativos a los titulares reales de los perceptores de la financiación de la Unión
Europea. Por lo que APORTO certificado de Titularidad Real expedido por Notario.
10. DECLARACIÓN DE AUSENCIA DE CONFLICTO DE INTERÉS (DACI) PARA LOS BENEFICIARIOS.
Al objeto de garantizar la imparcialidad en el procedimiento de subvención arriba referenciado, la persona abajo
firmante, como solicitante de la ayuda, DECLARA:
Primero. Estar informada de lo siguiente:
1.Que el artículo 61.3 «Conflicto de intereses», del Reglamento (UE, EURATOM) 2018/1046 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 18 de julio (Reglamento financiero de la UE) establece que «existirá conflicto de
intereses cuando el ejercicio imparcial y objetivo de las funciones se vea comprometido por razones familiares,
afectivas, de afinidad política o nacional, de interés económico o por cualquier motivo directo o indirecto de
interés personal.»
2.Que el artículo 64 «Lucha contra la corrupción y prevención de los conflictos de intereses» de la Ley 9/2017,
de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, tiene el fin de evitar cualquier distorsión de la competencia
y garantizar la transparencia en el procedimiento y asegurar la igualdad de trato a todos los candidatos y
licitadores.
3.Que el artículo 23 «Abstención», de la Ley 40/2015, de 1 octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
establece que deberán abstenerse de intervenir en el procedimiento «las autoridades y el personal al servicio
de las Administraciones en quienes se den algunas de las circunstancias señaladas en el apartado siguiente»,
siendo éstas:
a) Tener interés personal en el asunto de que se trate o en otro en cuya resolución pudiera influir la
de aquél; ser administrador de sociedad o entidad interesada, o tener cuestión litigiosa pendiente
con algún interesado.
b) Tener un vínculo matrimonial o situación de hecho asimilable y el parentesco de consanguinidad
dentro del cuarto grado o de afinidad dentro del segundo, con cualquiera de los interesados, con
los administradores de entidades o sociedades interesadas y también con los asesores,
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Jueves 21 de noviembre de 2024
☐ AUTORIZO que la Secretaría General de Economía, Empresa y Comercio recabe de oficio de la Agencia Tributaria
los datos del domicilio fiscal así como la verificación de los datos de identificación de la empresa.
☐ NO AUTORIZO que la Secretaría General de Economía, Empresa y Comercio pueda recabe de oficio de la Agencia
Tributaria los datos del domicilio fiscal así como la verificación de los datos de identificación de la empresa. Por
lo que APORTO certificado emitido por la Agencia Tributaria que lo acredita.
9. INFORMACIÓN SOBRE TITULARIDADES REALES
☐
☐
AUTORIZO que el órgano gestor, o cualquier autoridad y organismo nacional que gestione, verifique, pague
o audite Fondos Europeos, pueda recabar de oficio en el Registro Central de Titularidades Reales los datos
relativos a los titulares reales de los perceptores de la financiación de la Unión Europea
NO AUTORIZO que el órgano gestor, o a cualquier autoridad y organismo nacional que gestione, verifique,
pague o audite Fondos Europeos, pueda recabar de oficio pueda recabar de en el Registro Central de
Titularidades Reales los datos relativos a los titulares reales de los perceptores de la financiación de la Unión
Europea. Por lo que APORTO certificado de Titularidad Real expedido por Notario.
10. DECLARACIÓN DE AUSENCIA DE CONFLICTO DE INTERÉS (DACI) PARA LOS BENEFICIARIOS.
Al objeto de garantizar la imparcialidad en el procedimiento de subvención arriba referenciado, la persona abajo
firmante, como solicitante de la ayuda, DECLARA:
Primero. Estar informada de lo siguiente:
1.Que el artículo 61.3 «Conflicto de intereses», del Reglamento (UE, EURATOM) 2018/1046 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 18 de julio (Reglamento financiero de la UE) establece que «existirá conflicto de
intereses cuando el ejercicio imparcial y objetivo de las funciones se vea comprometido por razones familiares,
afectivas, de afinidad política o nacional, de interés económico o por cualquier motivo directo o indirecto de
interés personal.»
2.Que el artículo 64 «Lucha contra la corrupción y prevención de los conflictos de intereses» de la Ley 9/2017,
de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, tiene el fin de evitar cualquier distorsión de la competencia
y garantizar la transparencia en el procedimiento y asegurar la igualdad de trato a todos los candidatos y
licitadores.
3.Que el artículo 23 «Abstención», de la Ley 40/2015, de 1 octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
establece que deberán abstenerse de intervenir en el procedimiento «las autoridades y el personal al servicio
de las Administraciones en quienes se den algunas de las circunstancias señaladas en el apartado siguiente»,
siendo éstas:
a) Tener interés personal en el asunto de que se trate o en otro en cuya resolución pudiera influir la
de aquél; ser administrador de sociedad o entidad interesada, o tener cuestión litigiosa pendiente
con algún interesado.
b) Tener un vínculo matrimonial o situación de hecho asimilable y el parentesco de consanguinidad
dentro del cuarto grado o de afinidad dentro del segundo, con cualquiera de los interesados, con
los administradores de entidades o sociedades interesadas y también con los asesores,
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