Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Federaciones Deportivas. (2024063799)
Resolución de 8 de julio de 2024, de la Dirección General de Jóvenes y Deportes, por la que se aprueban los nuevos Estatutos de la Federación Extremeña de Natación, su inscripción en el Registro General de Entidades Deportivas de Extremadura y su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
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NÚMERO 226
Miércoles 20 de noviembre de 2024

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ESTATUTOS DE LA FEDERACIÓN EXTREMEÑA DE NATACIÓN
TÍTULO I
Normas generales
Artículo 1. Denominación, objeto social y símbolo identificativo.
1. L
 a Federación Extremeña de Natación (en adelante FEN) es una entidad privada de naturaleza asociativa, sin ánimo de lucro y declarada de utilidad pública, cuyo objeto es la
promoción, gestión y coordinación del deporte de natación en Extremadura. Tiene personalidad jurídica y patrimonio propios, constituida con el fin de fomentar y desarrollar la
práctica del deporte entre el personal federado, promoviendo toda clase de actuaciones
encaminadas a la realización de actividades y competiciones deportivas. Estará integrada
por clubes deportivos, sociedades anónimas, entidades de actividad físico-deportiva, agrupaciones deportivas escolares, personal técnico, auxiliares técnicos, personal directivo,
árbitros, delegados/as y deportistas. Su ámbito territorial será la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
2. L
 a FEN tiene como símbolo identificativo el que figura como Anexo al presente estatuto y
cuya descripción es la siguiente: escudo circular, con dos círculos concéntricos, figurando
entre ellos la inscripción FEDERACIÓN EXTREMEÑA DE NATACIÓN, en el centro cuatro trazos que representa cuatro especialidades, Saltos, Waterpolo, Natación y Natación Artística,
utilizándose como colores los que presenta la bandera de Extremadura: verde, blanco y
negro. Este logotipo aparecerá en todos los actos y eventos en los que la FEN participe,
siendo su exposición obligatoria en aquellas actividades deportivas en las que colabore.
Artículo 2. Régimen jurídico.
La FEN, se rige en cuanto a su constitución, organización y funcionamiento por lo dispuesto
en el presente estatuto y sus reglamentos de desarrollo y, con carácter general, por las leyes
y disposiciones del deporte dictadas en el ámbito de la Comunidad Autónoma Extremeña, y
en concreto por la Ley 2/1995, de 6 de abril, del Deporte de Extremadura y sus normas de
desarrollo, por el Decreto 27/1998, de 17 de marzo, por el que se regulan las Federaciones
deportivas extremeñas; así como, en lo que proceda, por las normas estatutarias y reglamentarias de la Real Federación Española de Natación.
Artículo 3. Modalidades y especialidades deportivas.
1. L
 a FEN practicará la modalidad deportiva de Natación que contempla las siguientes especialidades deportivas: Natación, Waterpolo, Aguas Abiertas, Máster, Saltos, High divina, y
Natación Artística.