Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024063806)
Resolución de 13 de noviembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes de la Junta de Extremadura y el Colegio Oficial de Arquitectos de Extremadura para la formación de facultativos en materia de conservación, rehabilitación y restauración del patrimonio histórico.
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NÚMERO 226
Miércoles 20 de noviembre de 2024
59729
facultativos seleccionados y los justificantes de pago efectivo de los referidos gastos, que
deberán presentarse ante la Consejería con anterioridad al pago de la aportación mencionada.
La justificación de los gastos y pagos correspondiente a las actuaciones realizadas en esta
anualidad deberá llevarse a cabo con anterioridad al 1 de diciembre de 2025, sin perjuicio
del plazo de vigencia del convenio.
Anualidad 2026: 30.000 euros
— Forma de pago:
La Consejería realizará un PAGO ÚNICO, correspondiendo con el 100 % del importe previsto en el convenio para la anualidad 2026 (30.000 euros), una vez justificados por el COADE
el 100 % de los gastos y pagos realizados con cargo al convenio en dicha anualidad.
— Justificación:
El COADE deberá presentar certificación de los gastos por dicha cuantía, expedida por
el secretario del Colegio Oficial con el visto bueno del Decano-Presidente del Colegio;
certificación a la que se acompañará la documentación acreditativa de la contratación de
los facultativos seleccionados y los justificantes de pago efectivo de los referidos gastos,
que deberán presentarse ante la Consejería con anterioridad al pago de la aportación
mencionada.
La justificación de los gastos y pagos correspondiente a las actuaciones realizadas en esta
anualidad deberá llevarse a cabo con anterioridad al 1 de diciembre de 2026, sin perjuicio
del plazo de vigencia del convenio.
Debido a las dificultades obvias para la justificación a tiempo de la parte económica correspondiente al mes de diciembre en cada una de las anualidades, el COADE, se compromete
a realizar el pago del mes de diciembre junto al correspondiente al mes de noviembre, sin
perjuicio de poder exigir la devolución del mes devengado por anticipado, si se concluye,
mediante informe fundamentado, que la persona seleccionada para el presente convenio,
no ha cumplido con los requisitos necesarios para completar convenientemente su labor
formativa.
Una vez comprobada la documentación justificativa del cumplimiento del objeto del con
venio se procederá al abono de la cantidad correspondiente al pago que deberá aportar la
Consejería.
Miércoles 20 de noviembre de 2024
59729
facultativos seleccionados y los justificantes de pago efectivo de los referidos gastos, que
deberán presentarse ante la Consejería con anterioridad al pago de la aportación mencionada.
La justificación de los gastos y pagos correspondiente a las actuaciones realizadas en esta
anualidad deberá llevarse a cabo con anterioridad al 1 de diciembre de 2025, sin perjuicio
del plazo de vigencia del convenio.
Anualidad 2026: 30.000 euros
— Forma de pago:
La Consejería realizará un PAGO ÚNICO, correspondiendo con el 100 % del importe previsto en el convenio para la anualidad 2026 (30.000 euros), una vez justificados por el COADE
el 100 % de los gastos y pagos realizados con cargo al convenio en dicha anualidad.
— Justificación:
El COADE deberá presentar certificación de los gastos por dicha cuantía, expedida por
el secretario del Colegio Oficial con el visto bueno del Decano-Presidente del Colegio;
certificación a la que se acompañará la documentación acreditativa de la contratación de
los facultativos seleccionados y los justificantes de pago efectivo de los referidos gastos,
que deberán presentarse ante la Consejería con anterioridad al pago de la aportación
mencionada.
La justificación de los gastos y pagos correspondiente a las actuaciones realizadas en esta
anualidad deberá llevarse a cabo con anterioridad al 1 de diciembre de 2026, sin perjuicio
del plazo de vigencia del convenio.
Debido a las dificultades obvias para la justificación a tiempo de la parte económica correspondiente al mes de diciembre en cada una de las anualidades, el COADE, se compromete
a realizar el pago del mes de diciembre junto al correspondiente al mes de noviembre, sin
perjuicio de poder exigir la devolución del mes devengado por anticipado, si se concluye,
mediante informe fundamentado, que la persona seleccionada para el presente convenio,
no ha cumplido con los requisitos necesarios para completar convenientemente su labor
formativa.
Una vez comprobada la documentación justificativa del cumplimiento del objeto del con
venio se procederá al abono de la cantidad correspondiente al pago que deberá aportar la
Consejería.