Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024063797)
Resolución de 10 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe ambiental estratégico, en la forma prevista en la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de la modificación puntual n.º 4 del Plan General Municipal de Berrocalejo. Expte.: IA24/1068.
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NÚMERO 226
Miércoles 20 de noviembre de 2024
59817
Fuente. Documento ambiental estratégico. Ámbito de aplicación Modificación Puntual
Para llevar a cabo la modificación puntual es necesaria la reclasificación de suelo no urbanizable de protección paisajística “Paisaje de Ruedos” y suelo no urbanizable de protección
ambiental de cauces a suelo urbano.
La ampliación de suelo urbano que afecta a la parcela con referencia catastral
10029A003090050000UB (1.404,97 m2), se le asignará uso Zonas Verdes, mientras que
a la parcela con referencia catastral 8804802TK9180S0001LT (152,43 m2) se le asignará uso dotacional, y a las parcelas con referencia catastral 8903901TK9180S0001QT y
8903902TK9180S0001PT (211,49 m2) se les asignará uso residencial.
2. C
onsultas.
El Ayuntamiento de Berrocalejo presentó ante la Dirección General de Sostenibilidad, la
solicitud de inicio a evaluación ambiental estratégica simplificada junto al documento ambiental estratégico y el borrador de la modificación puntual para su sometimiento al procedimiento de evaluación ambiental estratégica simplificada.
El artículo 51 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, establece que el órgano ambiental consultará a las Administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas, poniendo a su disposición el
documento ambiental estratégico y el borrador del plan o programa, debiendo las Administraciones públicas afectadas y las personas interesadas consultadas pronunciarse en el
plazo máximo de veinte días hábiles desde la recepción de la solicitud de informe.
Para dar cumplimiento a dicho trámite, con fecha 22 de julio de 2024, se realizaron consultas a las Administraciones Públicas afectadas y a las personas interesadas que se relacio-
Miércoles 20 de noviembre de 2024
59817
Fuente. Documento ambiental estratégico. Ámbito de aplicación Modificación Puntual
Para llevar a cabo la modificación puntual es necesaria la reclasificación de suelo no urbanizable de protección paisajística “Paisaje de Ruedos” y suelo no urbanizable de protección
ambiental de cauces a suelo urbano.
La ampliación de suelo urbano que afecta a la parcela con referencia catastral
10029A003090050000UB (1.404,97 m2), se le asignará uso Zonas Verdes, mientras que
a la parcela con referencia catastral 8804802TK9180S0001LT (152,43 m2) se le asignará uso dotacional, y a las parcelas con referencia catastral 8903901TK9180S0001QT y
8903902TK9180S0001PT (211,49 m2) se les asignará uso residencial.
2. C
onsultas.
El Ayuntamiento de Berrocalejo presentó ante la Dirección General de Sostenibilidad, la
solicitud de inicio a evaluación ambiental estratégica simplificada junto al documento ambiental estratégico y el borrador de la modificación puntual para su sometimiento al procedimiento de evaluación ambiental estratégica simplificada.
El artículo 51 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, establece que el órgano ambiental consultará a las Administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas, poniendo a su disposición el
documento ambiental estratégico y el borrador del plan o programa, debiendo las Administraciones públicas afectadas y las personas interesadas consultadas pronunciarse en el
plazo máximo de veinte días hábiles desde la recepción de la solicitud de informe.
Para dar cumplimiento a dicho trámite, con fecha 22 de julio de 2024, se realizaron consultas a las Administraciones Públicas afectadas y a las personas interesadas que se relacio-